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Constituciones capuchinas de 1575 31 Las constituciones de 1575, como las de 1552, no obtuvieron re– frendo solemne de la santa sede. Ni en las fuentes oficiales internas, rti en los cronistas contemporáneos, ni en los historiadores y estu– diosos modernos, hemos encontrado referencia alguna al respecto. Permanecieron, pues, durante los años de existencia jurídica como simples leyes eclesiásticas particulares de la orden. Con todo, no conviene olvidar cuanto acabamos de decir en torno a los estatutos de Albacina. También en la legislación de 1575 existen no pocas nor– mas aprobadas por la santa sede; esto es: las establecidas por la Iglesia y recogidas o propuestas en nuestro texto legal. Mas la co– lección jurídica, como colección, no obtuvo aprobación o confirma– ción pontificia, ni en forma común 142 • 3. Influjo ¿ Qué influjo han ejercido las constituciones de 1575 en la vida de la orden? El problema puede ser considerado bajo doble perspe– ctiva: jurídica y cultural. a. Su existencia jurídica inmediata no fue muy prolongada, pues– to que feneció en 1608; pero sí lo suficiente como para presentarse como una de las más largas. Sólo le aventaj¡;iron los estatutos de 1643 y 1925 143 • Además, y esto conviene señalar, bajo su vigencia la orden culminó su evolución interna substanJial y consigmo cimas insospechadas de expansión, al extenderse la nueva familia más allá de las fronteras italianas 14 4. 142 Por el contrario, las constituciones de 1638, 1643, 1909 y 1925 fueron aprobadas in forma specifica por la santa sede (Cf. AGAPIT0 DE SoBRADILW, Forma en que están aprobadas por la santa sede las constitutciones, en Estudios fran– ciscanos 50 [1949] 271-274). 143 Las constituciones de 1643 fundamentalmente tuvieron valor jurídico hasta principios del siglo XX. Las de 1925, hasta las constituciones promulga– das, por vía de experimento, en 1968: Constitutiones fratrum minorum capuc– cinorum (sin notas tipográficas); otra edición puede verse en los Acta capituli generalis specialis, vol. 11, Romae 1969, p. 411-464: Constitutiones fratrum mino– rum capuccinorum renovatae in capitulo generali speciali an. 1968 (Textus a Commissione redactionali recognitus). 144 GREGORIUS XIII, Ex nostri pastoralis officii, en Bullarium ordinis, vol. I, p. 35. Si en 1575 la orden contaba con unos 4.000 religiosos, en 1608 se com– ponía de más de 10.000 (Brevis conspectus evolutionis ordinis fratrum minorum capuccinorum quatuor saeculorum spatio, en Liber memorialis, Romae 1928, p. 329-332; MELCHIOR A POBLADURA, Historia, vol. I, p. 95-98).

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