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186 Elizondo y 1552 hablan de un mínimo de seis y un máximo de doce 138 ; las de 1575 no limitan este número superior; las de 1608 ordenan un mí– nimo de doce, sin ulterior límite alguno 139 • Pero, repetimos, la mayor novedad del capítulo sexto estriba en su reorganización interna: varios números del capítulo duodécimo aparecen aquí en el sexto, con mejor disposición 140 ; la institución de la comisión de obras precede al apartado en que se trata de las funciones que la misma debe desarrollar 141 ; lo concerniente a las iglesias ocupa un lugar anterior al de las casas, provisiones... 142 ; con visión más certera se habla de la familia conventual, en vez de hacerlo en el capítulo duodécimo 143 ; en un sólo párrafo se contiene el cuidado que debe prodigarse a los enfermos 14 4. No es extraño que tales mejoras fueran íntegramente aceptadas por la importantísima redacción constitucional de 1643 145 • 7. Capítulo séptimo Si comparamos la extensión del mismo con el texto presentado por los estatutos de 1575, observamos inmediatamente modifica– ciones profundas. De los catorce apartados en que está dividido este texto, apar,ecen únicamente los tres primeros: ministerio del con– fesonario por lo que respecta a los seglares; recepción de la con– fesión y de la comunión en orden a los religiosos; pecados reserva– dos dentro de la fraternidad 146 • Todos los restantes puntos de la redacción anterior (modo de comportarse con los frailes pecadores, especialmente con los apósta– tas de la orden), o quedan suprimidos, o son trasladados a otros lugares de la ley. Aquéllos, por contener un primer esbozo del modus 138 Const. 1536 - Const. 1552, n.139 (ed. EDUARDUS ALENCONIENSIS, OFMCap., Pri– migeniae legislationis ord. fr. min. capuccinorum textus originales, en Liber me– morialis, Romae 1928, 412). 139 « Ordiniamo, che ne' nostri Luoghi gia fatti non stieno meno di dodici Frati » (Const. 1608, 32). « Ordiniamo che ne i nostri luoghi non stiano meno di sei Frati » (Const. 1575, 94). Cf. PAULUS V, Sanctissimus in Christo, 4 diciem– bre 1605, en Bullarium ordinis, vol. VI, 346s.). 140 Const. 1608, 30s., Const. 1575, 94s. 141 Const. 1608, 21s.; Const. 1575, 65. 142 Const. 1608, 30s.; Const. 1575, 64s. 143 Const. 1608, 32s.; Const. 1575, 94. 144 Const. 1608, 35; Const. 1575, 67. 69. 145 Const. 1643, 30-36. 146 Const. 1608, 35-37; Const. 1575, 70-76.

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