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24 FIDEL ELIZONDO Hemos hablado de nueve ediciones impresas en esta casa; siete de ellas, de excelente presentación. Nuestro estudio va dirigido sólo a las que aparecieron bajo la fecha de 1589. Una de ellas es la primera colección capuchina que conocemos en la que se propone, en torno a la regla franciscana, un conjunto de textos importantes para su mejor conoci– miento y observancia 2 • Es, además y a nuestro entender, una de las más importantes globalmente considerada, por la riqueza de textos que contiene, por la presentación tipográfica que ofrece y por ser, en definitiva, la madre de numerosas colecciones posteriores, tanto latinas como escritas en lenguas vernáculas, las cuales toman total o parcialmente, directa o indirectamente, los documentos reunidos por ella. Nos ha parecido conveniente, pues, en nuestra búsqueda de ediciones capuchinas de la regla franciscana, dedicarle un estudio monográfico, que contiene cinco puntos: 1) ediciones latinas de Plantin publicadas en 1589; 2) ediciones de Plantin durante el siglo XVII; 3) fuentes y originalidad; 4) contenido; 5) influencia. Ante todo, no cabe duda alguna de que la edición o ediciones plantinia– nas de 1589 están realizadas para uso de los religiosos capuchinos. Quien pretenda redactar un elenco de ediciones capuchinas de la regla franciscana quedará a veces perplejo, por no encontrar razones convincentes sobre el origen concreto de determinadas colecciones. No es nuestro caso. Dejando aparte otros argumentos, la censura de la obra ofrece uno enteramente válido. Dice así. APPROBATIO Haec Regula et Testamentum Beatissimi Patris Seraphici sancti Fran– cisti, vna cum adiunctis declarationibus, exhortationibus, documentis, et aliis, optima ac plane diuina, pro Reuerendis Patribus Capucinis, per eos debita obseruantia, Nouitiis proponenda et docenda, ac semper ab omnibus penes se habenda, imprimí meo iudicio poterunt. Datum Antuerpiae xvj. Calendas Augusti. 1589. Siluester Pardo S. Theolog Licentiatus, ac Cathedr. Ecclesiae Antuerpien. Canonicus, Librorumque censor. Esta censura del libro reviste importancia especial, por ofrecer abso– luta garantía del origen capuchino de la colección y por clarificar la misma fuente en obras similares que dependen de ésta, pero que no presentan argumentos tan convincentes al respecto. New York 1969-1972; A. Rouzet, Dictionnaire des imprimeurs, libraires et éditeurs des XV• et XVI• siecles dans les limites géographiques de la Belgique actuelle, Nieuwkoop 1975, 155s (Moretus), 177-179 (Plantin). 2 La primera edición de la regla de procedencia capuchina, de la que tenemos refe– rencia, está publicada en 1536, junto al testamento de san Francisco y al discurso de Juan de Fano sobre la pobreza minorítica. La edición oficial de las constituciones capuchinas de 1575 ofrece otra, junto al testamento y al rito substancial de la profesión religiosa. Cf. F. Elizondo, El « Breve Discorso » de Juan de Fano sobre la pobreza franciscana, en Coll. Franc. 48 (1978) 31-65; Constitutioni de' Frati Minori Cappuccini di san Francesco, Vinegia 1577, 57-68.

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