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Constituciones capuchinas de 1925 341 buscan en ella un código completo de vida regular, sino más bien un comentario práctico espiritual de la r,egla franciscana, dividido, como ésta, en doce capítulos. Así, se ha procurado perfeccionar la legislación particular, haciéndola más conforme al derecho común de la ig~esia; pero sin alterar el carácter específico de la misma 87 • La presunción se hace realidad. Presentado el proyecto, se espera que muy pronto llegue la ansiada aprobación pontificia. Pero per– manece en la congr,egación de religiosos durante dos años, sin que se reciba respuesta alguna. No son pocos seguramente los que pien– san en similar acontecimiento vivido con ocasión de la aprobación de las c::mstituciones de 1896 y su fracaso jurídico, al no cons,eguir el refrendo apostólico solicitado 88 • No hemos podido consultar ciertos documentos originales, que, por lo menos en parte, podían clarificar ,el panorama; pero no pode– mos dejar en el olvido algunos hechos. El primero y principal, el carácter singularísimo de las consti– tuciones capuchinas. Están redactadas en lejanía absoluta de cuanto dicta la legislación canónica vigente, que prohíbe las exhortaciones espiritmJes, las recomendaciones ascéticas... 89 • Además, la aproba– ción pontificia in forma specifica obtenida para el texto anterior de 1909 es conseguida directamente del papa Pío X, gran admira– dor y protector de los capuchinos, al margen de todos los trámites burocráticos de la congregación de religiosos 90 • Es normal que ahora, en posesión del nuevo documento y con autoridad sob:r;e el mismo, este dicasterio romano quiera examinarlo con detención y sopesar la conveniencia de tales legislaciones. No es raro que a ciertos curia1es extrañe texto tan especial y se resistan a otorgarle fácilmente el voto positivo. Otro aspecto conviene recordar: la aprobación in forma spe– cifica. Ordinariamente ninguna legislación la obtiene. ¿ Por qué la capuchina? Se sale de los cauces protocolarios de la congregación 91 • 87 La ~arta suplicatoria de Melchor de Benisa puede leerse en De peracta constitutionum ordinis revisione, p. 248-250. 88 Véa3e nuestro estudio Las constituciones capuchinas de 1896, en Laurentia-· num 18 (1977) 377-440 (sobre todo las páginas 398-408). 89 Sacra congregatio de religiosis, Normae secundum quas sacra congrega– tio de reZ:giosis in novis religiosis congregationibus approbandis procedere solet, 6 marzo 1921, en AAS 13 (1921) 312-319 (sobre todo p. 317s.). 90 Prns X, Vicarium pastoris, 8 setiembre 1909, en Const. 1909, p. 13-18. 91 « Si:.b fine eiusdem mensis aprilis [1925] iam iam feliciter in portum erant ingressurae [las constituciones], quum novus ímpetus venti eas rursus procul

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