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338 Elizondo Y ya desde el primer momento se constata que la inmensa mayoría de los artículos están aprobados por los vocal.es , casi por unanimidad, con la excepción de muy pocos, que obtienen también muchísimos votos afirmativos 67 • Con todo, la comisión estudia con cuidado las enmiendas 6ll, procurando incorporarlas, si son perfecti– vas, en el texto definitivo 69 • El artículo más polémico es el referente al número de religiosos necesario para formar una provincia: las constituciones de 1909 exigen un mínimo de tl'einta sacerdotes 70 ; el esquema pide cincuenta 71 • Al ministro general no agrada el cam– bio 72 • Y a otros, tampoco. Pero, como de ciento cuatro vocales sólo veinticuatro no admiten la r,edacción presentada en el esquema 73 , la comisión mixta la mantiene y, en consecuencia, pasa al texto defi– nitivo 7 4, que no será retocado por la santa sede 75 • Se juzga insu– ficiente el número de treinta 76 • La comisión capitular estima también conveniente, a fin de no remitir con frecuencia al modus procedendi escrito a maquinilla, sólo en recto (a diferencia del verbale anterior, está redac– tado en lengua italiana; tal vez falte en el archivo general alguna hoja, pues abarca sólo las sesiones 1-10, celebradas del 13 de noviembre al 23 del mismo mes). 67 Los cambios introducidos son, en la gran mayoría de los casos, pequeños retoques del texto. En Roma, Archivo general de la orden, EB/1921-1922, se con– serva un escrito en el que se reagrupan los deseos de los vocales en orden al perfeccionamiento de los estatutos. Tiene por título: Observationes patrem [!] vocalium capituli generalis LXIX ad schema constitutionum ordinis. Es un foll– eto de 26 hojas, tamaño folio (sólo las diez primeras numeradas), escritas a maquinilla, únicamente en recto. ' 68 « Per la revisione dello Schema stampato, si adotta il criterio seguente: « Benché non vi sia nesslina maggioranza dei Capitolari contraria ad alcun arti– colo delle Costituzioni proposte, si terra nondimeno conto di tutte quelle osser– vazioni che saranno giudicate atte a migliorare e completare il testo, senza alterarne d'altronde la sostanza » (Verbale, 13 noviembre 1922, h. lr). 69 En el archivo general de la orden se conservan, en dos documentos, las enmiendas efectuadas por la comisión en los meses de noviembre y diciembre de 1922. Sus títulos: Emendationes in textum schematis constitutionum (no– viembre 1922; folleto de 10 hojas, tamaño folio, escritas a maquinilla, sólo en recto); Ultimae observationes ad schema constitutionum (20 diciembre 1922; 1 hoja, tamaño folio, escrita a maquinilla, sólo en recto). Ambos documentos pueden consultarse en Roma, Archivo general de la orden, EB/1921-1922. 7 ° Const. 1909, n. 125. 71 Esquema 1922, n. 127. 72 Véanse las notas 60-62. 73 De peracta constitutionum ordinis revzswne, p. 248. El número 130 citado aquí se refiere al de las constituciones de 1925, que es el correspondiente al 127 del Esquema 1922. 74 Esquema 1923, n. 129. 75 Const. 1925, n. 130. 76 « 11 numero di trenta sacerdoti, giudicato insufficiente, viene elevato ». Es la razón que oficialmente da la orden a la santa sede. Véase la nota 92.
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