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264 Elizondo convento para Ia elección del discreto; si no les es posible, por razón de lejanía, háganlo en la fraternidad más cercana de donde se encuentran (n. 106) 127 • Hechas estas nuevas concretizaciones, los estatutos de 1575, siguiendo a los anteriores, ordenan que los vicarios generales y pro– vinciales, en los capítulos correspondientes, resignen su oficio ante los redentemente elegidos definidores ( n. 107; n. 104). Y, si muere el vicario general, súplale, como comisario general, el primer definidor; a éste, el segundo, y así sucesivamente (n. 108; n. 105). Caso de morir el vicario provincial, añaden las constituciones de 1552 y 1575, se observará la misma norma (n. 108; n. 105). Las de 1536 advierten que el comisario general debe convocar cuanto antes el capítulo general (n. 105 ). Las de 1552 silencian el extremo. Y las de 1575 concretizan más el argumento: el comisario provincial convoque a su tiempo el capítulo provincial, según le será ordenado por el vicario general; el capítulo general será convocado por el vicario de aquella provin– oia en la que muere dicho superior mayor, aconsejándose de dos vicarios de las provincias más próximas, según lo establece la bolla della Religione (n. 108) 128 • Las redacciones de 1536 y 1552 hablan de la deposición del vicario general (n. 106), omitida por la de 1575; la cual, por el contrario y con orden más lógico, trata de la obligación que tienen el vicario ge– neral y los vicarios provinciales de ser confirmados, por el maestro general de los conventuales, aquél, y por el vicario general capuchino, éstos (n. 109) 129 • 127 « I Predicatori quando non andaranno troppo lantano a predicare la Quadragesima, tornino a fare l'elettione del discreto al luogo suo, ma quando andaranno tanto lantano che non possino, o non gli basti !'animo di tornare a tempo di tal'elettione, habbian voce nel luogo piu vicino alla terra dove havran predicato » (Const. 1575, p. 80). 128 « 11 simile sía ancora di Vicari Provinciali, quando accadera morire nell'of– ficio, cioe che'l primo Diffinitore resti Commissario della Provincia, et habbi cura di convocare il Capitolo al tempo suo, secando gli sara ordinato dal Gene– rale, per la elettione del novo Vicario; Ma il capitolo Generale sia convocato da! Vicario di quella Provincia, eve il Generale sara morto, co'il conseglio di doi Vicarij delle piu prossime Provincie, et tutto questo secando la bolla della Religione » (Const. 1575 p. 80s.). Cf. PAULUS III, Exponi nobis, 26 agosto 1536, en Bullarium ordinis, vol. I, p. 19, n. 7. 12 • Dentro del capítulo primero, las constituciones de 1536 tratan de la con– firmación del vicario general (n. 10); las de 1552 añaden la del vicario provincial (n. 10). Nuestro texto propone aquí el fundamento jurídico de tales normas: la bula Exponi nobis de Paulo 111, para la primera; la decretal Exivi de paradiso, para la segunda. Véanse PAULUS III, Exponi nobis, 25 agosto 1536, en Bullarium

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