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238 Elizondo Después de haber determinado lo referente al ingreso y forma– ción de los aspirantes a la vida religiosa, las constituciones tratan del segundo argumento: el vestido - calzado de los capuchinos. La exhortación al uso de vestidos pobres coincide en las tres redacciones (n. 20; n. 21). Sobre el número de túnicas (n. 21; n. 22), según la regla sólo los débiles pueden llevar dos; la norma de 1536 especifica: debili di carpo, over di spirito; la de 1552 y 1575 habla de deboli, en términos generales. A quien las usa le está prohibido el manto, si no es por necesidad y con licencia de los superiores, sapendo che'l Frate sano usare tre panni e manifesto segno delo extincto spirito (1536); fórmula un poco cambiada en el texto de 1552 33 , y que reaparece en el de 1575. Los tres estatutos concuerdan en algunas medidas de los vesti– dos (manto, hábito... ) y se diversifican en el número de palmos que deben tener las túnicas (n. 22; n. 23: ocho o nueve (1536), nueve o diez (1552) y nueve (1575) 34 • La conservación de la ropa en común (n. 23; n. 24) y la exhortación a la pobreza en el lecho (n. 24; n. 25) no ofrece variación. En la preceptiva sobre este último punto se observa algún cambio de menor cuantía 35 • La legislación coincide en el uso de las sandalias (n. 25; n. 26). Sobre el ajuar del religioso (n. 26; n. 27), la de 1575, con mejor gusto, para no unir cosas ente– ramente dispares, cambia lo establecido en 1536 y 1552: 1536 « Si contentino d'uno libreto spi– rituale, imo di Christo crucifixo, et di doi fazoletti cum due mu– tande » (n. 27). 1575 « Si contentino di due fazzoletti con due mutande per necessario uso, et ricordinsi [...] » (n. 26). 33 Dice así: « Sapendo che il Frate minore, senza vera necessita, usar tre panni e manifesto segno di estinto spirito » (Const. 1552, n. 22). 34 Las constituc;:iones de 1552 añaden: « Et detti palmi siano semplici, et senza gionta del nodo» (Const. 1552, n. 23). « Et ditti palmi s'intendano come di sopra e detto » (/d., n. 74). Las de 1575 advierten: « Et perche i palmi non sono tutti di una medesima misura; pero si e posto in fine del libro la misura del mezzo palmo, secando la quale si misureranno tanto dette fabriche, come aneo i vestimenti nostri » (Const. 1575, p. 64). La medida puesta corresponde a medio palmo (13 centímetros). Aparece en la edición original de 1577, p. 56 (el editor de 1913 la ignora). El nodo correspondía a la primera articulación del dedo pulgar, que no raras veces se añadia al contar el palmo. Véanse las constituciones de 1552, número 23, en la nota correspondiente. 35 Las constituciones de 1575 se acercan más a las de 1552 que a las de 1536.

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