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Las constituciones capuchinas de 1638 347 capuchina. ¿ Son tan singulares los estatutos de 1638? ¿ Son tan ri– gurosos? Examinamos su contenido, no en sí mismo, sino en cuanto dice relación a las normas anteriores de 1608, que fundamentalmente reproducen las de 1575. Así comprobaremos sólidamente la evolu– ción sufrida y las marcadas diferencias existentes 152 • Las constituciones de 1638 constan, como las redacciones ante– riores y posteriores, de prólogo y de doce capítulos, correspondientes a los doce apartados de la regla franciscana, base de la legislación peculiar de la orden. El prólogo consta de dos partes. En la primera se encuentra casi todo el texto de 1608, que, a su vez, coincide con el de 1575. En la segunda, la original, hallamos el motivo de las nuevas prescripciones: inclusión de los decretos de Clemente ,vJII para la reforma de los regulares, renovados por la sagrada congregación del concilio, con la autor:.dad de Urbano VIII. Por ello, nuestro estatutos remiten explíci– tamente y con frecuencia a los documentos pontificios 153 • l. CAPÍTULO PRIMERO En él aparece íntegramente el texto de 1608, dividido igualmente en seis apartados o puntos y aparte. Con todo, observamos algunas adiciones que conviene puntualizar 154 • Admítense las declaraciones pontificias, in quanto dichiarano la Regoía, e non dispensano 155 • Se acepta al testamento de san Francis– co, como exposición de la regla, benche non intendiamo con questo impo..re nuouo giogo á i Frati piú di quello, che hanno dichiarato li Sommi Pontefici 156 • En fin, se ordena que el procurador de la orden haga llegar los decretos pontificios que ésta debe observar, a todas las provincias; los ministros provinciales harán lo propio con los 152 Sobre las constituciones de 1575 y 1608 véanse nuestros estudios: Consti– tuciones capuchinas de 1575. En torno a un centenario, en Laurentianum 16 (1975) 3-52; Contenido d~ las constituciones capuchinas de 1575 y su relación con lt;. legislación precedente, en Laurentianum 16 (1975) 225-280; Las constitu– ciones capuchinas de 1608, en Laurentianum 17 (1976) 153-208. 153 Const. 1638, 3s.; Const. 1608, 3. Véase el texto correspondiente a la nota 39, en donde se transcribe la parte original del prólogo de 1638. 154 Const. 1638, 5-7; Const. 1608, 5-7. 155 Const. 1638, 6; cf. Const. 1608, 6. 156 Const. 1638, 6; cf. Const. 1608, 6.

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