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Las constituciones capuchinas de 1638 333 gracias, obediencias, permiso para confesar...; quien viole esta norma, ipso f::icto queda privado de la voz activa y pasiva 90 ; ni los ministros provinciales prediquen fuera de la provincia, ni lo hagan los maestros de novicios, a fin de que cumplan mejor sus cargos respectivos 91 ; no se nombre guardianes a los lectores, por no poder éstos acudir de continuo al coro, y así dar ocasión a que otros religiosos, sobre todo los -e~tudiantes, hagan lo mismo 92 ; no se reciban novicios extraños, si no son nativos de provincias contiguas (excepto en la provincia romana), con el fin de recoger la información conveniente 93 ; el pro– curador de la orden mande los decretos pontificios (si debe observar– los la fraternidad) a los ministros provinciales, y éstos, a los guar– dianes, quienes los harán leer en público refectorio; los que violen esta ::Jrescripción, quedan privados ipso facto del oficio correspon– diente 94 ; no se erijan nuevas provincias, ni se dividan las actuales, si no pueden contar con dieciocho o veinte conventos 95 ; en adelante, y según el concilio tridentino, los hermanos legos que ingresen no tiene:.1 voz activa y pasiva hasta haber cumplido siete años de re– ligiór:. 96 • El cuarto bloque de ordenaciones (n. 58-68), ya estrictamente dictajas por el capítulo general, tiene singular importancia, tratando aquí de las decisiones como fuente de las constituciones: contiene norrr.as que deben incluirse en ellas 97 • Hacen referencia, en primer detti articoli, dovera ascoltarsi a ciascheduno la colpa in Refettorio, e si venga poi aTelettione del primo deputato che fü fatto con maggiore concorso de' voci; si dichiara pero che li Deffinitori in atto non doverano havere in questa elettic,ne de' deputati ne voce attiva ne passiva, per toglier via ogn'ombra d'inte– resse" (Collectio authentica, 177, n. SO). 9 ° Collectio authentica, 177, n. 51. El párrafo pasa a las constituciones de 1638 (Const. 1638, 58 y 93). 91 Collectio authentica, 177, n. 52. También esta decisión pasa a las consti– tuciones (Const. 1638, 86). 92 Collectio authentica, 177, n. 53. El tema se recoge en los estatutos siguien– tes (Const. 1638, 81). 93 Collectio authentica, 177, n. 54. Las constituciones de 1638 son más rigu– rosas a este respecto (Const. 1638, 9). 94 Collectio authentica, 177s., n. 55. La prescripción aparece en las constitu– cione3 (Const. 1638, 7). 95 Collectio authentica, 178, n. 56. Los estatutos siguientes recogen esta orde– nación y exigen licencia especial de la santa sede (Const. 1638, 74s.). 96 Collectio authentica, 178, n. 57. Esta ordenación es recogida por la ley posterior (Const. 1638, 65). Véase la nota 271. 97 « Constitutioni fatte e confirmate la seconda volta nel Capitolo Generale celebrato in Roma l'anno 1637 da inserirsi nelle Constitutioni Generali » (Collec– tio authentica, 178). En las Tabulae capitulorum aparecen sin numeración al– guna (Tabulae capitulorum generalium, AG/2, fol. 93v-94v).
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