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28 E!izondo mento, hemos hallado en el archivo general de la orden capuchina (Roma) un manuscrito, en el que se transcribe fundamentalmente el texto deseado, y que consta de 26 amplios folios de 340 X 212 milí– metros, escritos sólo en recto. Es una copia de tres estudios diver– sos acerca del mismo tema, destinada, tal vez, al servicio de los superiores generales de la fraternidad 4 • Consta, pues, de tres partes perfectamente diferenciadas: opúsculo de Victorio de Appeltern, fir– mado por él; algunas objeciones contra la tesis propugnada por éste, con las respuestas correspondientes; opúsculo de Hugo de Eerne– gem, OFMCap., subscrito por él, contra las opiniones de Appeltern 5 • La doctrina sobre la obligatoriedad grave de los preceptos con– tenidos en la regla franciscana ha sido casi comúnmente admitida por los expositores del pequeño código minorítico a través de los siglos, fundamentados radicalmente en no pocos documentos ponti– ficios 6 • Con todo se han levantado voces discordantes al respecto, que han pretendido demonstrar que la norma de vida seráfica no contiene preceptos graves 7 , que no revisten tal carácter moral los llamados preceptos equipolentes 8, o, por lo menos, cuatro de estos últimos, que aparecen en la regla en forma condicionada; en concreto, 4 Roma, Archivo general de la orden capuchina, carpeta EA. 5 El opúsculo de Appeltern abarca los folios 1-15; las objeciones con sus respuestas, obra también de este autor, los folios 16-22; el estudio de Hugo de Eernegem, los folios 23-36. 6 Entre los principales hay que contar los siguienes: GREGORIUS IX, Qua elon– gati, 28 setiembre 1230; INNOCENTIUS IV, Ordinem vestrum, 14 noviembre 1245; NIC0LAUS III, Exiit qui seminat, 14 agosto 1279; CLRMENS V, Exivi de paradiso, 6 mayo 1312. Véanse los estudios: H. GRUNDMANN, Die Bulle « Qua elongati » Papst Gregors IX, en Archivum franciscanunz historicum 54 (1961), 3-25; F. Eu– Z0ND0, Bullae « Qua elongati » Gregorii IX et « Ordinem vestrum » Innocentii IV, en Laurentianum 3 (1962) 349-394; lo., Bulla « Exiit qui seminat » Nicolai III (14 augusti 1279), en Laurentianum 4 (1963) 59-119; lo., De evangelii et regulae franciscanae obligatione usque ad bullam « Exivi de paradiso » Clenzentis V ( 6 mai 1312), en Laurentianum 2 (1961) 226-260. Véase también nuestro estudio citado en la nota 8. 7 Entre los autores de épocas anteriores, el más conocido es ANTONIO Esour– VEL, OFMObs., en su obra Exposición chronohistórica de la regla de n. s. p. san Francisco, Imprenta del Estado Chileno 1820. 8 Según toda la tradición franciscana, en la regla se encuentran tres clases de disposiciones graves: los verdaderos preceptos (de aquí el ser denominados eminentes o expresos); las que tienen fuerza o virtud de tales (los llamados preceptos virtuales); las que equivalen a ellos (preceptos equipolentes). Gene– ralmente los expositores enumeran doce, en esta última categoría. Véase nuestro estudio De praeceptis aequipollentibus in regula franciscana, en Laurentianum 8 (1967) 281-348.

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