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34 Elizondo c) Finalmente, Appeltern presenta dos objeciones propuestas por algunos religiosos en contra del valor jurídico del rescripto, y res– ponde a ellas. Inocencia XI, en la bula Sollicitudo pastoralis, afirma que los cuatro mencionados preceptos in conscientia obligare; ha de seguirse. pues, la doctrina de este documento pontificio, opuesta a la con– cesión de Clemente VIII, por ser más reciente que ésta 34 • La sen– tencia que niega la obligatoriedad moral primaria de los cuatro pre– ceptos en cuestión es completamente nueva y está contra el parecer común de los expositores; debe, pues, ser rechazada. Respondiendo nuestro autor a estas objeciones, dice: los frailes menores, según la citada bula de Inocencia XI, teneri in conscien– tia a la observancia de la regla y de sus preceptos, conforme a la doctrina de Nicolás III y Clemente V, y especialmente teneri a los cuatro preceptos, sin especificar si están obligados a culpa o a pena; ahora bien, si el romano pontífice dijera que también a estas pres– cripciones teneri in conscientia, sería inútili la repetición de estos cuatro preceptos, pues ya estaban incluidos en los restantes, y, ade– más estaría en contra de la declaración de Clemente V, que presu– pone que no obligan con certeza a culpa grave. Y pasa a la segunda objeción. Cuantos afirman que la doctrina propuesta es nueva, por lo menos deben admitir que nunca han estu– diado rectamente la declaración de Clemente V, que contiene doctrina más amplia que la sustentada por Clemente VIII, y están obligados, además, a probar que la opinión contraria no es probable. Es cierto que la sentencia presentada va contra el sentir común de los expo– sitores; pero hay que advertir que, según la costumbre de la orden, éstos generalmente tenent sententiam tutiorem, aparte de que la ma– yoría escribe en tiempos del tuciorismo moral; por otra parte, nin– guno cita ex certa scientia la declaración de Clemente VIII; consi– guientemente se puede deducir que, de haberla conocido, los autores la hubieran aceptado, por ser moralmente menos amplia que la enun– ciada por Clemente V en su bula Exivi de paradiso. En fin, el hecho de que la regla enuncie los cuatro preceptos en cuestión en términos condicionales, ¿ no significa que no obligan tanto como los restantes?, ¿ o que la interpretación de Clemente VIII es muy razonable y se adentra en la mente del fundador más que 34 Véase el texto correspondiente a las notas 52-55.

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