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CLEMENTE V EN LA HISTORIA DE LA MORAL 677 7) Sin embargo, estos dos grandes teólogos se someten práctica– mente ante la autoridad de Clemente V y admitirán que el verbo praecipio y todos los verbos equipolentes importan obligación sub mor– tali, si bien el Doctor Navarro, con intención pastoral y de liberación, reducirá su validez a solas las leyes eclesiásticas. 2. La « Exivi de paradíso » en los teólogos postridentinos La mentalidad doctrinal de los teólogos postridentinos es clara– mente diversa de la que demuestran, en general, los teólogos y sumistas de la edad media en torno a las leyes y preceptos positivos y, más especialmente, en torno a la valoración de los criterios empleados para discernir su gravedad. Acabamos de exponer, a este respecto, el influjo de Clemente V sobre los teólogos medievales y la actitud de éstos ante los principios doctrinales y, más concretamente, ante los criterios de distinción propuestos por la clementina Exivi de paradiso. Ahora vamos a ver de hacer otro tanto con los teólogos y moralistas postridentinos. ¿Adoptarán éstos la misma actitud que los teólogos y sumistas medie– vales? Pero, antes de adentrarnos en el examen de los teólogos postriden– tinos, nos parece oportuno indicar los principios que condicionan y deciden de la actitud de estos teólogos, en general, ante el contenido de la célebre constitución clementina. Estos principios, característicos de la edad moderna, los podríamos reducir a los sigueintes puntos: a) El precepto no importa necesariamente obligación sub mortali. b) El pecado venial cae también ba¡o precepto. e) La intención del prelado o legislador no constituye el criterio principal de distinción ni el elemento determinante de la gravedad de las leyes y preceptos, sino más bien su objeto o materia. Teniendo presentes estos principios, nos será más fácil explicar y comprender la actitud que adoptarán los teólogos postridentinos ante los principios propuestos por la clementina Exivi de paradiso, actitud que no coin– cide ciert,amente con la de los teólogos medi<evales 62 • 62 Sobre el contenido y significado del precepto ya a partir del siglo XVI, puede verse ERBURU M., Valor del precepto en la historia de la moral: pensa– miento de los teólogos de la edad moderna, en Apollínaris 42 (1969) 727-820.

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