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Gfl2 MIGUEL ERBUHU mente prevalente no es otro que la intención del prelado o legislador. Por todo ello creemos que, al menos durante la edad media, los precep– tos propuestos como equipolentes por Clemente V no podían menos de ser reconocidos en la práctica como verdaderos preceptos portadores, por lo mismo, de obligación sub mortali. OBSERVA,CIONES Y CONCLUSIONES Concluida esta breve exposición acerca del contenido y princ1p10s generales propuestos por las célebres constituciones decretales Exiit qui seminat de Nicolás III y Exivi de paradíso de Clemente V y teniendo en cuenta que ambas constituciones pontificias forman parte del Corpus Iuris Canonici, podemos entresacar y presentar los siguientes puntos o conclusiones valederos prácticamente en la legislación y doctrina de la Iglesia, al menos durante la edad media: 1) Los consejos evangélicos obligan en cierto modo a todos los cristianos, más especialmente a quienes han profesado una vida religiosa o han abrazado un estado de perfección. Esta doctrina se encuentra expuesta con claridad en la decretal Exiit qui seminat de Nicolás III, 2,) Las divers,as prescripciones del ordenamiento eclesiástico y regular pueden clasificarse en dos grupos generales : en preceptos y prohibiciones y en conse;os o amonestaciones, o como preferirían los teólogos medievales, en preceptos y no-preceptos. 3) Todo verdadero precepto o prohibición, a diferencia de los consejos o no-preceptos, importa obligación sub mortali. Lo enseña expresamente Clemente V. 4) Existen prescripciones regulares formuladas en términos pre- nendum praeceptum positivi inris a non praecepto, ex eo habetur quod ius posi– tivum maiorí vinculo supponit quandoc¡ue minorem materiam ». 1'.íás claramente aún, si cabe, se expresa en su Sumrnula: « Praeter hos duos modos mortalis transgressionis praeceptorum sunt alii quatuor madi discemendi huiusmodi transgressiones seu praecepta, scilicet ex materia, poena, verb·is et irden– tione. Divinorum enim et naturalium praeceptorum antonomasice materia es! necessaria ad vitam animae... Praeceptorum autem aliorum materia necessaria es! ad sanitatem animae... In iure autem humano ex sola materia discernere praecepta impossibíle videtur, cum ínveníuntur minima quaedam praecepta sub mortali pec– cato... » (1DEM, Summula Caietani, Venetiis 1601, praeceptum, p. 353).
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