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Potestad de _Gobierno 3l5 1.1.2. - La dime.nsiqn humana de, la potestad en los institutos de vida consagrada Los institutos de vida consagi,ada son asociaciones de füeles. Su origen y constitución se basa en el derechó fundamental del que goza toda, persona humana para .poder asociarse voluntariamente en ooden a conseguir un fin lícito y honesto. Así es reconocido por la Iglesia 11 • Como tales, los institutos de vida consagrada están regulados en el vigente Código de Derecho Canónico con atención p'articular; ello _no obsta a su catalogación como auténticas •asociaciones de fü.eles- 12 • En cuanto asociaciones, tienen y buscan fa realización de una finalidad: dedicación total « a Dios como a su amo!' supremo, para que· entregados por un nuevo y peculiar título a su gloria, a la edificación de la Iglesia y a la: salvación del mundo, consigan la perfección de la caridad en el • servicio del Reino de Dios »l3. Est,a, como toda fünalidad, exige un camino que recorrelt', y, por consiguiente, fa existencia de un guía o autoridad, dotado del co-, rrespondiente poder, para que el grupo ·alcance la. meta deseada y realice la final1idad propuesta. De aquí que la 1 autori-dad en la -vida consagrada tenga. su .origen ·en la misma naturaleza del ser social humano, la diel grupo asociado. Dicho de forma más concreta: se funda en el derecho natural. Algunos escritos sobre· la vida religios 1 a subliman tanto el « ca– risma» .de los institutos de vida consagrada, que no es de extrañar que también algunos religiosos y reMgiosas hayan pet1d:ido el tino y la orientación en este particular de fa autoridad, principio de derecho natural asociativo. No adertan a seguir las disposiciones y directrices normales de la dependencia humana, como acto sencillo de ~durez espiritual, a la espera de una «inmolación», en aras de la obediencia; como acto extriaordinario, consecuenda del voto y expresión de algo sublime y sobrenatural. Veremos luego, al -tratar de Ia naturaleza de fa potestad en la vida consagrada, que, ;incluso teólogos y canonistas muy apreciados, ·no 11 Canon 299. 12 El canon 298 establece que « existen en la Iglesia asociaciones distintas de lo5 institutos de vida consagrada y de las sociedades de vida apostólica... ». 13 Canon 573.

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