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LA POTESTAD DE GOBIERNO EN LOS INSTITUTOS DE VIDA CONSAGRADA SATURNINO ARA O.F.M.Cap. Es una realidad innegable. En los institutos de vida consagrada, como en cualquier otra institución o agrupación humana, se da y se encuentra la persona dotada de aquellas cualidades o autoridad, llámese carisma, necesarias para llevar el grupo a la obtención de los fines propuestos. Esa autoridad existente responde a las caracte– rísticas del grupo o sociedad, que requierie la presencia de potestad, en lenguaje cristiano e incluso moderno, servicio. Goza de una serie de atribuciones, las que van d!e acuerdo con la const1itución, natura:Ieza y fines de 1a sociedad. La auto11idad en la vida consagrada se conforma a la naturaleza y características de la ponestad en la Iglesia, de 1a que los institutos reli– giosos y seculares y las sociedades de vida apostólica son parte. Reviste las connotaciones que la diferencian de toda otra autoridad humana y se caracteniza por las parücularidades proprias de los diversos inst,ítutos de vida consagrada. Con el presente estudio nos proponemos sintetizar, en breves apartados, la naturaleza y peculiaridades de lo que denominamos potestad de gobierno en la vida consagrada, al igual que lo hemos hecho con la autoridad eclesiástica en general 1 . En el primer apartado presentamos algunos principios sobre el origen y naturaleza de la potestad en la vida consagrada. Pasamos, luego, a describi!r el conten:ido y alcance de esta po– testad, con referencia particular a la función que denominamos escuetamente la potestad de los institutos de vida consagrada. En un tercer apartado expornemos el sentido de la potestad personal y de la potestad colegial, con referencia más detaUada al Capítulo. Ofrecemos una recapitulación o srntesis de las reflexiones, a modo de conclusión. ¡ Véase nuestro reciente trabajo, ARA S., La potestad de gobierno en la Iglesia. hoy, en Estudios Franciscanos 91 (1990) 367-399.
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