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34 .Saturnino Ara La· autoridad· en la Iglesia y en la vida religiosa no aparece con esa.s connotaciones que hacen al poder atractivo y apetecible, desde un plano político o simplemente humano. Con todo, muchos de nues 0 tros hombres y mujeres, miembros del pueblo de Dios, saben identi– ficarse con la peculiaridad de la autoridad como servicio; su elección o designación a un cargo está lejos de entrañar apetencias. No faltan quienes confiesan su disponiblidad a aceptar, en clave de servicio, una responsabilidad en bien de la colectividad. La autoridad en la Iglesia y en la vida religiosa es servicio, y es, al mismo tiempo, llamada a su ejercicio. No es poder que se pueda ambicionar, a no ser en los términos en que se expresa san Pablo respecto al Episcopado 8 • La interpretación de este texto ha sido siem– pré muy discreta. Son pocos los que toman en serio el deseo del Episcopado. Nos movemos pues, en un nuevo contexto teológico-jurídico lejano de la vulgar reivindicacion del derecho a participar en el poder de la Iglesia, como consecuencia o exigencia de un criterio de igual– dad de oportunidades. 1.1.2. Los laicos y la potestad de jurisdicción El otro nuevo contexto teológico-jurídico en el que nos movemos, nos situa. frente a la problemática que suscita la participación de los laicos en las funciones de la Iglesia, como señal y prueba de responsabilidad, - comunión, - de todos los miembros de la misma. . Se ha repetido, insistentemente, que los laicos no son ni deben ser, como lo han sido, no pocas veces, objeto pasivo o manejado, sino verdaderos sujetos activos con presencia eficiente en la Iglesia y en .la sociedad, en cuanto creyentes y miembros de la misma Iglesia. Se preguntan muchos por la actitud de la Iglesia ante la promoción, mejor participación del laico, y, más concretamente, sobre la mente del nuevo Código de Derecho Canónico a este respecto 9 • Son menos 8 « Si alguno desea el episcopado, buena obra desea» (1 Tim 3,1). 9 Nuevo Derecho Parroquial, BAC, Madrid 1988, pag. 77 ss. Se propone de forma esquemática los diversos encargos para los que pueden ser llamados más en concreto los laicos, según las disposiciones del vigente Código de Derecho Cánonico, siguiendo en orden sistemático las tres clásicas funciones de la potestad de la Iglesia, función docente, función santificadora y función de régimen o gobierno. Una correcta visión del Iaicado aparece en la ponencia ¿Como renovar nuestras parroquias, en Congreso « Parroquiá evangelizadora», . Madrid 1989, pag. 154 SS. .

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