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Los institutos clericales y laicales: canon 588 71 instituto religioso como indiferente, mixto, fraterno ... Podría ser el final de un diálogo, que se prolonga, entre determinados institutos religiosos y la Congregación para religiosos, y de ésta con otros orga– nismos de la Curia romana interesados. ¿Una declaración extensiva del Pontificio Consejo para la interpretación de los textos legislativos? Y entonces ¿Qué normas se aplicarían a esos institutos? Jugamos con una incógnita. 2.4. Las consecuancia jurídicas del canon 588 Se centran en torno al ejercicio del servicio eclesial, exigido y requerido de quienes han recibido o han sido sellados por el orden sagrado, según dispone el canon 129, párrafo primero. Consiguiente– mente, los derivados del poder eclesiástico o servicio sacro, deno– minado potestad de régimen, reconocido a los superiores y capítulos de los institutos clericales de derecho pontificio, tanto para el fuero interno como para el externo, según aclara el canon 592, párrafo 2. Los superiores mayores de los institutos clericales de derecho ponti– ficio son considerados como ordinarios, dispone el canon 134. En las siguientes líneas presentamos el resultado de un esfuerso de síntesis que recoge esas consecuencias jurídicas y las facultades y deberes, comunes y específicos atribuibles a las diversas categorías de superiores de los institutos clericales de derecho pontificio. Se tienen presente las tres funciones de santificar, enseñar y regir y la división de la potestad de regirnén que nos recuerda el canon 135: legislativa, ejecutiva y judicial 73 • Estatuto común a todos los superiores Obligaciones y cargas: Pertenecientes a la función de régimen: - Debe emitirse personalmente la profesión de fe antes de co– menzar a ejercer la potestad (can. 833-8º); respetar siempre los límites de la propia competencia en los actos administrativos singulares (can. 35); corisignar siempre por escrito los actos administrativos que afectan al fuero externo, así como el mismo acto de ejecución, cuando se realiza en forma comisoria (can. 37); recabar las informaciones y 73 Seguimos el esquema, presentamos y trascribimos los datos ofrecidos en la obra de ANDRES D., Los superiores religiosos según el Código, o.e., Gracias al autor por su comprensión.
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