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36 Saturnino Ara Hemos escrito en el punto precedente que parece ser que ni el Vaticano II ni el actual Código de Derecho Canónico han abandonado definitivamente la tradicional distinción entre potestad de orden y potestad de jurisdicción. No obstante el canon 129 se pronuncia si bien de forma onciliadora, en favor de la tesis que sostiene que « son sujetos hábiles, conforme a las normas de las prescripciones del derecho los sellados por el orden sacro. En el ejercicio de dicha potestad los fieles laicos pueden cooperar a tenor del derecho» 13 • La cooperación de los laicos en el servicio intraeclesial es una deseada realidad, fruto de una major madurez de los hombres y mujeres de nuestra sociedad que se sienten comprometidos, más seria– mente, en tantos campos de la actividad humana. Es también la consecuencia de una nueva orientación de la misma Iglesia que suprimió todos aquellos servicios que venían incluidos bajo la deno– minación de tonsura, ordenes menores y subdiaconado e instituyó los ministerios laicales del lectorado y acolitado 14 • Esta realidad no es el final de un debate dirigido, según se afirma, por clérigos, empeñados en una promoción paternal del laicado, y, al mismo tiempo, aferrados ellos mismos a sus puestos de responsabi- la Escritura canónica, instrumento privilegiado de la objetividad en la comuni– cacion del mensaje. Ademas, a diferencia de los otros carismas, el ministerio ordenado tomado singularmente es necesario a la Iglesia y representa, en virtud de su sacramento, una garantía sobrenatural de que el multiforme anuncio de Cristo pone_ .conti– nuamente el único fundamento válido para la construccion de la comunidad eclesial, es decir, aquella experienca de Cristo que los apóstoles vivieron y '.itestiguaron. Partiendo de este planteamiento de fondo esperamos que podrán com– prenderse y determinarse mejor muchos aspectos de las relacions complejas entre los pastores de la Iglesia, la comunidad y el mundo, y que podrá descu– brirse el carácter específico del ministerio ordenado en su propio testimonio de le, en su participación en los hechos de que se compone la comunidad eclesial :,' su inserción en la historia, y en la celebración de los ritos en que se expresa la doxología pura de la Iglesia». DIANICH S., Teología del ministerio ordenado. Una interpretación eclesiológica. Madrid 1988, pags. 172-173. 13 Cfr. Il diritto nel mistero della Chiesa. Il diritto nella realtii. umana e nella vita della Chiesa. Il libro del Codice: Le norme generali, Roma 1986, pag. 380 ss. I laici soggetti abili della potesta di goberno?, y ÜIUSEPPE DELLA TORRE, La colla– borazione dei laici alle funzioni sacerdotale, profetica e regale dei ministri sacri, en Lo stato giuridico dei ministri sacri nel nuovo Codex Iuris Canonici, o.e., pag. 140 SS. " PABLO VI, M.P., « Ministeria quaedam », en AAS 64 (1972) 529-534.

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