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Fraternidad o régimen de los capuchinos 483 Oficiales de la curia general Ayudan al ministro general y su definitorio en el desempeño de sus fun– ciones: el secretario general, el procurador general, a quien pertenece tramitar ante la Santa Sede los asuntos de la Orden, el postulador general, cuyo oficio es tratar con la Santa Sede las causas de canonización de los Siervos de Dios, el asistente general de la Orden Franciscan Seglar, el secretario general de la animación misionera, y los demás oficiales necesarios para despachar los asuntos, dice la constitución 122, 1. El título, oficiales de la curia, va bien con el enunciado del artículo m: régimen general de la Orden. Efectivamente, los Hermanos u oficia– les que trabajan en la curia general, ayudan el recto ejercicio de la fun– ción ejecutiva o administrativa, en la versión de formativa, santificadora y de gobierno. La legislación o derecho particular de los Capuchinos ofrece un elenco de los distintos servicios desempeñados en la curia general, «copia» de los que se nos vienen ofreciendo años y siglos atrás, no obs– tante los cambios padecidos. Este nuevo derecho particular no se preo– cupa ni de actualizar ese elenco de cargos ni de definir las atribuciones de los mismos, fiado en que éstas pueden estar descritas en la legislación común o universal. Pero el derecho universal ya no hace mención de servicios como el cargo del secretario general y del procurador. Para sa– ber del postulador nos debemos remitir a leyes especiales, etc., a las que unas veces se llama estatuto, constitución 118,6, aprobado por el Capítulo, y otras estatuto especial, constitución 122,3. Hubiera sido 'd.· 1 Rl 60 meJor enommar s1mp emente, eg amento . El texto ofrecido por la constitución 122,1, en el que se presenta el «staff» de Hermanos destinados a ayudar al ministro general y definido– res en el ejercicio de sus funciones; responde a una concepción, según la cual, al parecer, son entendidas, vida capuchina y curia general, como estructuras algo estáticas, cuando, en realidad, éstas sufren esos cambios continuos que la legislación universal de la Iglesia, no obstante sus lími- 60 Véanse los cánones 503,517 y otros del Código de Derecho Canónico de 1917. En su Relación al Capítulo general de 1994, el ministro general saliente, fr. Flavio Roberto Carraro expone algunos criterios, entremezclando la posición y situación de los Hermanos que compo– nen el «staff» de la curia general con la de los Hermanos necesarios disponibles y preparados para un servicio más general, quizá, mas especializado, como puede ser el del cocinero, servi– cio de la casa generalicia. Cfr. AO 110 ( 1994) 256ss.

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