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174 SATURNINO ARA Si la raíz o fundamento sacramental de los derechos del fiel es una nota específica de la tipicidad de una configuración eclesial difícil de compaginar en una filosofía jurídico-político secular de la que nos servimos para renovar el derecho de la Iglesia, las notas de fraternidad, autoridad y obediencia y minoridad del proyecto de vida franciscana como reafir– mación de esa sacramentalidad, hacen aún más difícil la tipificación de unas exigencias subjetivadas en la voluntad fundacional de Cristo, que ha querido la vida social de la Iglesia y la vida fraterna de los seguidores de Francisco. El proyecto de vida franciscana no deberá conformarse con reconocer al Hermano o Fraile Menor los derechos cuyo fundamento se encuentran en la dignidad de la naturaleza humana. Debería esforzarse en hacer pro– pio y realidad un proceso histórico de autoreflexión y autorealización que nos habla del reconocimiento de los derechos del fiel y, consiguientemente, de los derechos fundamentales del Hermano o Fraile Menor, incorporado a la Fraternidad. Este reconocimiento por el proyecto de vida franciscana de los derechos del Hermano, significaría la comprensión de un proceso de configuración apoyado en los signos de los tiempos, en cuanto éstos son índice de haber alcanzado un grado de mayor madurez. Una última apreciación: el reconocimiento de los derechos del Hermano o Fraile Menor en el proyecto de vida franciscana sería, además de ejem– plar, un paso de gran trascendencia que ayudaría a alejar de las estruc– turas eclesiásticas esa penosa impresión de una visión exclusivamente hierarcológica, tan opuesta al principio de fraternidad y al concepto ecle– sial de comunidad-Pueblo de Dios. SATURNINO ARA

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