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El rito de la profesión en la Orden franciscana 209 fon_a O Patriarcha pauperum... El celebrante dirige la invitación a la oración comunitaria Oremus, fratres adstantes carissimi, la invo– cación Kyrie, eleyson. Christe, eleyson. Kyrie, eleyson. Pater no- ster... ; los versículos Salvum fac .. ., Mitte ei, Domine ... , Nihil pro- ficiat . .. , Domine, exaudi.. ., con la. oración Deus, qui non vis mor- tem peccatoris... Comienza la misa. Cantado el evangelio, el cele– brante dirige la exhortación. Se canta el V eni Creator con el versiculo Emitte ... y las oraciones Actiones nostras... Propitius, Domine, hunc famulum tuum sanctifica ... El profesante dice el Confiteor y sigue el resto de la ceremonia casi exactamente como en la profe– sión simple. A la misa sigue el Te Deum y todo termina con la ben– dición de san Francisco (77). Entre los capuchinos se ha mantenido la sobriedad tradicional. La profesión sigue siendo una ceremonia que, aunque realizada toda ella en el lugar sagrado, no dice de sí relación a la misa ni al altar en cuanto tal. El rito es idéntico en la profesión simple y en la so– lemne) con la única düerencia de sustituir en la primera la cláusula « toto tempore vitae meae >> por la que corresponda (78). El supe– rior que recibe la profesión, revestido sencillamente de sobrepelliz y estola, acompañado de los dos testigos, se siente ante el altar y drige una exhortación al profesante arrodillado. Se canta el V eni Creator, seguido del versículo Emitte Spiritum tuum y la oración Actiones nostras... Luego la profesión en la forma consabida. E] -superior da la paz al profesante. A éste se le quita el caparán, distin– tivo del noviciado, y se entona el salmo Ecce quam bonum.. ., du– rante el cua_l todos los religiosos le dan el abrazo de paz. Viene luego el versículo Confirma hoc, Deus... y las oraciones Deus, qui corda...; Deus, qui per coaeternum... ; Domine Iesu Christe, qui (77) lbid. 14-20. (78) Sabido es que el término latino solemnis no responde a la versión vulgar de solemnidad en el modo, sino que denota el carácter público e inviolable de un acto jurídico. Ese término, aplicado desde antiguo a la única profesión religiosa, se ha reservado ahora a la profesión perpetua para indicar precisamente la << per– petuidad ». Nada impide, por tanto, revestir de un ceremonial más llamativo, más « solemne », la primera profesión, como de hecho suele hacerse. Laurentianum. - An. VIII 14

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