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y de aquí resulta que el pecado cometido en día de fiesta ad– quiere una malicia especial de carácter leve contra el tiempo sagrado Y, por ende, contra la virtud de la religión. He aquí sus palabras: « Cum dies festus sanctificatus sit Deo, ut Scrip– tura loquitur, eadem naturalis prohibitio in illo locum habet ultra omnem positivam; ergo ratione illius hahebit omne pec– catum in festo commissum speci.alem deformitatem contra tem– poris sanctitatem, ac subinde contra religionem... Nihilominus tamen dicendum est, ex hoc capite non habere peccatum in die festo commissum novam malitiam mortalem · contra reli– gionem » 047). En el siglo XVII defiende claramente esta mi.sma opinión Carlos R.Billuart, O.P. 0685-1757 ). Ante todo, Billuart enseña que el pecado cometido en días de fiesta es más grave que el cometido en días laborables; y la razón estriba en que el pe– cado se opone al fin del precepto dominical. Esta oposición o repugnancia que dice el pecado con respecto al fin del precepto, comunica al pecado cometido cierta deformidad o malicia. Ahora bien, esta malicia es de diversa especie, ya que procede de la oposición que dice el pecado con respecto al fin del precepto dominical (148 ). Los moralistas modernos no se cuidan ya de este proble– ma. Sin embargo, creemos que todos ellos admi.tirán que el pecado cometido en día de fiesta adquiere una nueva malicia de carácter leve, ya que ésta es una conclusión a la que lógica,. mente deben llegar todos cuantos sostienen que el pecado co– metido en día de fiesta es más grave que el cometido en días laborables (149 ). Ningún teólogo ha tratado esta cuestión más atinadamente que ei cardenal De Lugo. Como hemos visto anteriormente, De Lugo admite, como principio general, que el pecado mortal co– metido en día de fiesta no contrae dos malicias de carácter grave, pero admite a,l mismo tiempo, como tesis indubitable, que la circunstancia del día de fiesta agrava aliquantulum la malicia del pecado cometido y, por consiguiente, que comunica a ese pecado una malicia de carácter leve contra la virtud de la religión ( 150 ). 047) Ibidem, n.15s., p.331. (148) BILLUART C.R., Summa S.Thomae, t.IV , Tractatus de religione, diss.6, art.2. p.697ss. (149) En nuestros días ha tocado incidentalmente esta cuestión BONET LLACH, que se adhiere decididamente a la opinión de Suárez (cfr. BONET LLACH R.N ., o.e., pars I. cap.1, art.3, p.40, nota 1). Esta misma doctrina sostiene claramente GENICOT-SALSMANS (Instttutiones theologiae moralis, vol.I, n.282, p.224). 050) DE LUGO I., Disputationes scholasticae et morales, t.V, De poenitentia, iust¡. tta et iure, disp.16, sect.12, n.519, p.125. 67

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