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Nos :figuramos - io repetimos una vez más - que Escoto habría enseñado que el pecado es obra servil y que quebranta el tercer mandamiento del decálogo; pero resulta aventurado· y aun temerario afirmarlo categóricamente, al menos fundán– dose sólo en sus escritos. Lo que sí se puede afirmar sin temeri– dad es que con más razón que a Escoto se podía haber atribuído semejante opinión a los grandes maestros anteriormente es– tudiados. Con respecto a los actos de caridad para con Dios y demás actos internos juzgamos que no se pueden urgir mucho los pa– sajes escotistas correspondientes (58) y que no es muy prudente afirmar categóricamente que, en opinión de Escoto, semejantes actos son obligatorios en domingo. · Concluyamos ya este número recogiendo en síntesis el pen– samiento de los grandes maestros del siglo XIII : a) es opinión general que el pecado es obra servil y que que– branta la parte negativa del precepto de santificar las fiestas, es decir, el precepto de abstenerse de las obras serviles ; b) de las enseñanzas de los maestros del siglo XIII parece desprenderse que el pecado mortal cometido en día de fiesta reviste dos malicias específicamente diversas de carácter grave; c) parece que el pecado es sobra servil por derecho divino o, si se prefiere 1 por su misma naturaleza, es decir, en cuanto que impide al cristiano dedicarse al culto divino. 2. Pensamiento de los teólogos de los siglos XIV y XV. Los grandes maestros del siglo XIII han recogido las en– señanzas de los SS.Padres y les han dado una mayor solidez teólogica ; los teólogos de los siglos XIV y XV van a continuar el trabajo emprendido por sus predecesores precisando algunos elementos que éstos habían dejado no bien definidos. Efecti– vamente, casi todos los autores de este período afirman con toda claridad que el pecado cometido en día de fiesta contrae una nueva malicia de carácter grave. En cambio, con respecto odii, sed etiam pro aliquando ad actum elicitum, quia ille actus est circa finem ex cuius bonitate descendit omnis bonitas mol'alis in actibus qui sunt ad finem; sicut igitur horno tenetur habere aliquem actum virtuosum, ita tenetur habere aliquem actum illius praecepti circa finem gratuite diligendum. Quando autem sit hoc, forte determinavit hoc illud praeceptum divinum: sanctifica sabbatum et maneat unusqulsque apud se... Et Ecclesia specificavit quantum ad missam audiendam in die dominico ». (58) Alguna mayor dificultad existe con respecto a los actos de adoración. Efecti– vamente, Escoto cree que estos actos deben ejercitarse todos los domingos; pero hace notar que se satisface a dicha obligación mediante la asistencia al santo sacrificio de la misa. Si por algún motivo, no fuere posible esta asistencia, entonces cree Escoto que se debería suplir con algún acto que manifestase la reverencia del cristiano hacia su Criador (cfr. 111 Sent., d.9, q.un. , n.5, en Opera omnia, t.XIV, p.388s). En el Códice A existe alguna variante que puede tener cierta transcendencia con respecto a la determinación de los dias en que es necesario hacer actos de adoración. 40

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