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Monasterio premostratense de Urdax 27 monasterio la conducción, trilla, limpia y demás gastos indispensables para su recolección". La lana se reparte a medias ; pero por su escasez (1.300 cabezas) y mala calidad apenas si en años alternos monta 4.050 reales de vellón. Y por los animales de engorde en los pastos comunes y frutos de bellota, uno por ocho o más porcillos; y un cuartillo por cada cría de ganado lanar que se destina al cuchillo y algo más por las que se destinan a vida. Casi toda esa recaudación se consume en el hospital "en donde se curan toda especie de enfermedades" y en la casa abierta para alivio de los vecinos que padecen necesidad 77). Pese a todas estas testificaciones, vuelve Campomanes a clamar, en su vigoroso alegato de 31 de diciembre de 1779, contra "los explota– dores de aquellos fidelísimos vasallos de Urdax". "Quién dio facultad a los monges de Urdax para tratar como manentes y solariegos a los · habitantes de aquel territorio realengo y poner a aquellos hombres ingenuos, honrados y libres, la marca de la esclavitud o las imposido– nes ?" 78 ). Para dar cumplimiento a la requisitoria del fiscal de la Cámara, que había reclamado la total exoneración del dominio señorial, se presentó en Urdax, el 20 de agosto de 1782, D. Felipe Ribero y Valdés, del Consejo de S.M. y su regente en el de Navarra. Practicadas las oportunas diligencias y hecho el recorrido de todo el término redondo, con los planos de los agrimensores Soria y Pondres, elevó a S.M. un Informe ponderado y sereno 79 ). Como el abad y canó– nigos vieron perdida la partida, aceptaron el nuevo giro de la historia. Protestaron en cambio los procuradores de la villa de Urdax tanto por la sinceridad histórica con que presentó Ribero las pechas monacales (sin dejar de apostrofarlas por excesivas), como por haber asignado a cada vecino los árboles que hubiera plantado desde la inhibición que interpuso el lugar en 1772, asi en los término comunes y baldíos como en 77) AHN, Cons., 6927, Doc. n. 14. Por las preguntas siguientes serán examinados los testigos que se presentaren por parte del monasterio de Sn. Salvador de Urdax, del Orden Premostratense... Abad, D. Gilberto de Tornaría. que encomienda la toma de declaraciones al escribano D. Pedro José de Dolarea. 78) Memorial Ajustado... (1780). En el archivo de Baztán hay copia mss., deficiente, de dicho discurso de Campomanes. 79) Pza. Informe; 56 fols, Al fol. 54v: "Pamplona a 10 de Sepbre. de 1782. El Re– gente. Remite las diligencias echas en virtud de orden de la Cámara que a practicado en la vª de Urdax sobre el Pleito que ésta tiene con el Monasterio de dicha Vilk,", Al margen: "Md. 2 de octe. 1782". AHN, Cons. 6928
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