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8 E. Z. Huarte tiembre de 1591, la rueda de testigos que fue presentando fray Juan de Elizondo, prior del dicho monasterio de San Salvador: "Esteban de Chirripa, vecino y natural de Zugarramurdi; Martín de Celaya, vec. de Urdax; Petri de Martinena, v. de Zugarram.; Martín de Leorlas, v. de Leorlas en la Granja de Urdax; D. Juan de Zabaleta, pbro., y beneficiado de la villa de Echalar; Juanes de Labandívar, v. de Laban– dívar y Granja de Urdax; Martín de Gaztelu, escribano real y vecino de la villa de Echalar, en días sucesivos; "y a Domingo de Eugui, v. de Zugarramurdi y a Juanes Domitorena v. de Urdax y a Graciana de Sabatena, viuda, mujer de Martín de Labandívar, vecino de Urdax". Evocan los declarantes la eficacia de las excomuniones y censuras fulminadas por el abad fray Juan de Garbalda en diversos casos de hurto (de cochinos, cabritos, ajuar doméstico) y las cárceles, que, por orden de este mismo abad y de su predecesor, padecieron algunas parejas de novios por su impaciencia pasional. Llegada la dispensa pontificia bendecía la ceremonia nupcial el vicario que aquél nombrara. En vista de la concordia testifical, sentenció el juez apostólico subdelegado para aquella causa, D. Juan de Galdeano que "se daban por nulos todos los autos de visita, hechos por el licenciado Itero, canónigo y visitador por el dicho Sr, Obispo de Pamplona, en la dicha iglesia de Zugarramurdi... y condenamos al dicho Sr. Obispo que por sí ni por sus visitadores ni por otro con su comisión no haga de aquí adelante visita alguna en la dicha iglesia de Zugarramurdi en perjuicio de la jurisdicción de dicho monesterio". Pamplona, a 15 días del mes de mayo de 1592 52 ). Ratificaron asimismo aquellos testigos que, para los procesos y castigos en las causas criminales tenía puesto el abad en Zugarramurdi y en la Granja de Urdax, "un alcalde ordinario que lleva vara alta, levantada". Alcaldes del crimen habían sido, por ejemplo, Beltrán de Maya (un tiempo baile de la tierra de Baztán), Ernau de Leorlas, Juanes de Iparraguirre. Y entre los merinos, puestos y llamados por el abad, figuraron Martín de Labandívar, Juanes de Errazu y Juanes de Elizondo, que lo era a la sazón. Años antes y por declaración del Consejo y Corte Mayor de Navarra se había reconocido oficialmente aquel abadengo jurisdiccional. Cuando en 1526, el alcalde ordinario de la universidad y valle de Baztán tuvo 52) AHN, Cons. 6927 : n. 2. Pedimento de apelazion articulado y probanza. flo. 705. 38 fols.

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