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6 E. Z. Huarte Engrace d'Urdach" en la provincia francesa de Zuberoa : "illud monasterium quod dicitur Sta. Engracia de porto, que ducit ad Gallias, intrante ad Sola" ; "Santa Engracia de Urdax, en el Valle de Sola, obispado de Oloron, al pie del puerto". Hasta los tiempos de Felipe II estuvo el monasterio de S. Salvador de Urdax incardinado a la diócesis de Bayona, lo mismo que las tierras de Baztán y Bertizarana y las ciudades de San Sebastián, Oyarzun y Fuenterrabía. Pero ante el temor fundado de la herejía hugonote, la Católica Majestad del Rey Prudente requirió y recabó de los soberanos pontífices (año 1566) la agregación condicionada de aquellas comarcas españolas al obispado de Pamplona 50 ). Se afirma que desde 1512 había quedado Urdax incorporado a la circaria premostratense hispana 51 ), luego de ser Navarra anexionada por Fernando V de Castilla. De la jurisdicción que en lo espiritual y en lo temporal ejercían aquellos abades sobre las Granjas de Urdax y de Zugarramurdi, saltaron ya al ruedo dos testimonios: el del alcalde de Corte, García de Lizasoain y el del propio abad Francisco de Vítores. Cuando por el mes de agosto de 1589, el Ledo. Miguel de Itero, canónigo de la catedral de Pamplona, visitó por orden del obispo la iglesia de Zugarramurdi, sin conocimiento ni licencia del monasterio de Urdax, protestaron sus premostratenses e interpusieron apelación ante S. Sría. Ilma., D. Bernardo Rojas y Sandoval, que se negó a aceptarla. En la apelación, el procurador para aquella causa "del Abad, frailes y convento del monasterio de San Salvador de Urdax". Martín de Berrio, formuló estas proposiciones, entre otras : "l. Primeramente que la jurisdicción espiritual y temporal, baja y mediana del dicho monesterio de San Salvador de Urdax y de su parro– quia y Granja y del lugar de Zugarramurdi, ha pertenecido y per– tenece al dicho Monesterio y al abad y religiosos y convento de ella. Y ello ha sido y es muy público y notorio." "2. Item, que por ser así lo dicho en el artículo precedente, el abad que de presente es y los abades y religiosos pasados y convento del dicho Monesterio usaron y de presente usan de la dicha jurisdicción eclesiástica, ejercitándola en todos los negocios y ocasiones que se han ºº) Noticia más detallada en E. ZUDAIRE, FacerÍa8 de la cuenca Baztán-BidaBoa, : v. P. de Viana, 106-107 (Pamplona), p. 48-49 de la separata; y bibliografía en la nota 53 de la p. 49. 51) BACKMUND N., op. cit., III, p. 198-199.

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