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Monasterio premostratense de Urdax 319 entre los dichos abat, calonges e combento, dexadas sus casas, creaturas e faciendas >>. Finalmente les anima el alcalde de la Corte Mayor a que, dando de lado a sus temores, elijan cada año jurados o regidors locales y a que elaboren sus cotos, paramentos y ordenanzas, como las otras villas de Navarra, toda vez que con ellos no causen perjuicio al abad, canónigos y convento de Urdax 37). Esta sentencia arbitral, que fue aprobada por la real Chancillería de Navarra, rezuma modernidad en varias de sus normas desamorti– zadoras, al tiempo que revela el sentido centrífugo del señorio monacal de Urdax, puesto que no se acrecienta su población por sucesivas absorciones de propiedades ajenas, sino por nuevos asentamientos en los dominios territoriales de la comunidad premostratense. Cuando en 1482 se celebre el contrato de facerías y otros convenios entre el monasterio y la universidad y valle de Baztán 38 ), Zugarra– murdi, que consta ya de 30 casas vecinales, enviará como delegado a su vecino García Luzea : signo evidente de la personalidad jurídica que había alcanzado dicho lugar. En aquella ocasión reconocieron el alcalde, jurados y diputados baztaneses al monasterio de Urdax unas posesiones (que por conocidas de todos no se especificaron) como de su particular jurisdicción. Y se le admitió en el disfrute de los montes y comunes de dicho valle como a uno de sus vecinos, en tanto que a los habitantes de Zugarramurdi y al zapatero, al maestro de obras, al ferrón y a algunos caseros de Landíbar, Leorlas y Ainhoa, solamente << con cada cuarenta puercos>>. Aquella generosidad baztanesa con los canónigos premostratenses tuvo en el enclave de Urdax unas repercusiones demográficas y eco- 37 ) « Año 1443. Sentencia arvitraria otorgada entre el Monasterio de Urdax y el Jugar de Zugarramurdi sobre goce de hierbas y aguas y otras cosas>>. Copia notarial hecha en 1781, sobre la que « mot a mot » sacó en 1595;, de los documentos originales, el escribano público en todo el reino de Navarra, Tomás de Zozaya. Arch. Baztán, carp. : Zugarramurdi. 38) << Baile de Baztan y Monasterio y Lugar de Zugarramurdi. Año de 1482. Eseª de fazeria ottorgada entre este Valle de Baztan, Monast 0 de Urdax y Lugar de Zugarra– murdi, para el modo de gozar dho. Monasterio y Lugar los términos de este Valle y éste los de aquellos. N. 3, f. 128 del Imbent 0 >> (copias S. XVIII, Arch. Baztán). - Esteban de Gayarre, secretario del Real y Supremo Consejo del Reino de Navarra, certifica haber trascrito del pergamino original, presentado por el monasterio de Urdax, la copia correspondiente, << bien y fielmente, sin añadir ni quitar cosa alguna>>. Pamplona, 22 de mayo de 1745.

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