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Ultimas peripecias de los premonstratenses de Urdax 71 Respuestas al Real Consejo de Castilla a) Curia diocesana de Pamplona Informa el Ilmo. Sr. obispo, Dr. D. Esteban Antonio Aguado y Roxas, en cumplimiento del real decreto de 27 de enero de 1794, que la plantil.lla del monasterio de Urdax constaba de 32 religiosos, número fijado p;1ra dicha comunidad por el Real Consejo de Castilla el año 1766 (Opino que se incluían como residentes los vicarios de las siete parroquias, como en la lista de 30 premonstratenses presentada por el prior Sotillarena el 27 de septiembre de 1809 a requerimiento del subdelegado colector general de Navarra, D. Manuel de Gomeza); en la actualidad, apenas quedaban 12 para servicio del monasterio, 8 en sus curatos, 6 en colegios de Castilla y tres o cuatro enfermos o impedidos o en otros destinos; y tres legos. Sus rentas, a tenor del extracto de cuentas del año 1779, alcanzaron 134.638 reales anuales; al presente, tras el arrasamiento francés, se aproximaban a los 20.000 reales de vellón, de saldo líquido. Juzga su Ilma. muy oportuno el traslado de estos premonstratenses al santuario de Loyola, tando como refugio de la desamparada comunidad de Urdax, como en favor del pueblo guipuzcoano, tan devoto de su patrón San Ignacio; y en bien del mismo santuario que, vacío de moradores, sufre continuos deterioros. Cuando por real decreto de 27 de junio de 1787 se entregó al obispado de Pamplona, no quiso hacerse cargo de él; porque ni podía cumplir como Colegio de Misiones, por haberse enajenado parte de sus propiedades luego de la expulsión, ni resultaba hacedera su mera conservación como no se le asignasen sus cortas rentas y los muebles y librería, con que atender a los reparos indispensables. Los canónigos premonstratenses no solamente remediarn los desperfectos de iglesia y casa de Loyola con las subvenciones que S.M. se dignare dispensarles, sino que renovarán el esplendor del culto y suministrarán el pasto espiritual a las gentes de aquella zona. Opina el señor obispo de Pamplona que para desempeñar decorosa– mente el servicio pastoral, atender el colegio y celebrar con dignidad los divinos oficios no serán menester menos de 40 religiosos. (Bastai:tes menos eran los jusuítas cuando' su extrañamiento). Eclesiástica de España», dirigida por R. GARCIA VILLOSLADA (BAC, t. IV, siglo XVIII; Madrid, 1979) referente a la intervención rabiosamente regalista del poder civil e:1 la provisión de beneficios eclesiásticos. Se apuntan en cambio (p. 633-635) algunas razones de la antipatía de los reformistas de Carlos III hacia los regulares, a los que pugnan por mantener confinados intramuros de sus conventos.

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