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Ultimas peripecias de los premonstratenses de Urdax 93 to de lo cual, y aun cuando constaba por testimonio fehaciente de la robustez de la cantería, comisionó el abad Sanzberro al religioso sobrestante, Antonio de Arróspide, para recabar nueva certificación del maestro de abra. Y el maestro de obra, D. Josef Poudez, certificó: que «a instancia de Dn. Juan Antonio de Etchevers y Dn. Antonio Arospide, canonigos premonstratenses de Urdax, cito (por sito) en heste dicho Reyno, cuio Manasterio fue totalmente incendiado y abrasado por las Tropas Enemigas en la ultima guerra contra la referida Francia: he visto y reconocido ... todas las obras que en él se están haziendo ... y en particular las paredes maestras ... las que allo mui solidas y permanentes, de modo que se pueden asentar los armazones de madera para sostener el cubierto o techo ... como assi bien los puentes o frontales para los suelos de las habitaciones ... » 43 ). Por evitar discusiones bizantinas, excusó Sanzberro dar una referencia detallada del proyecto, pues en reuniones anteriores no había faltado quien se empeñara «en que se adoptase en Urdax una obra superior a los fondos del Monasterio, nada conforme a los sentimientos de la verdade– ra pobreza religiosa y aun contra lo que dispone ntra. Constitución al nº 194, «Ne fiant sumptuosa aedificia». Y volver a tratar lo que por dos veces se había acordado en capítulo local, «sólo podría servir para fomentar la intriga y sembrar por medio menos religioso el espíritu de discordia, turbando la paz de que goza» 44 ). Intentóse nuevo frenazo desde la sede central de la «Circaria Hispaniae». Algunos disconformes habían protestado ante el definitorio general contra el abad Sanzberro por sus afanosas diligencias en disponer el retorno al domicilio de Urdax. En junta deliberativa, tan singular como el «capítulo solemne intermedio», se acuerda darles satisfacción. Sin previo aviso, sin haberle consultado la razón de su proceder, se le intima, expresa y formalmente, la observancia estricta de los relictos firmados en Loyola por el padre visitador; y la suspensión total de las obras de Urdax, en cumplimiento del real decreto de 17 de octubre de 1789, mandado guardar por el Rdmo. P. Nicolás Gracia, a la sazón «Superior General de todos los prelados del Orden». Y si llegare a notarse negligencia, se proceda contra el abad Sanzberro «con todo el 43 ) Elizondo, 21 de junio de 1806 «'ph. Poudez, Arqto' (rb). Ante mí, Jph Estevan de Zelayeta, esno (rb)»: Col. Lec. 44 ) Augustín de Sanzberro al «Rmo. Abad y Definitorio Gral.» Loyola, 30 de junio de 1806; y borrador de otra comunicación posterior, en la que se da por definitivo lo actuado: /bid.

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