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290 EULOGIO ZUDAIRE HUARTE práctico del puerto y visitas, no debieran pagarse más de 18 pesos diarios y los que correspondieran por el papel sellado (10). Solución tan moderada, sin dejar de ser equitativa, sorprendió en la metrópoli. Apreció la contaduría el amor y celo que animaban al virrey, del mejor servicio y alivio de aquellos vasallos en el gravamen que soportaban los dueños de las embarcaciones; pero juzgó su ex– pediente desprovisto de las formalidades necesarias y sobre todo sin el dictamen de los ministros de real hacienda, a los cuales debería ha– ber convocado y oído antes de proponer ningún nuevo arancel (11). El fiscal del consejo, por su parte, tuvo como inverosímil que na– die, ministro o simple particular, se hubiera atrevido "tan sacrílega y temerariamente a aumentar por sí mismos la cuota de los derechos, gabelas o tributos impuestos por S. M., a quien privativa y particu– larmente corresponde, como signo característico de su soberanía". Y añadió, con cierta verdosidad burocrática : "Que la positiva aserción del virrey de Santa Fee, aunque tan recomendable por el alto carácter de su dignidad y por las distinguidas cualidadei; de su persona, no basta para acreditar la certeza de lo que refiere en un asunto de tanta y tan extraordinaria gravedad, especialmente cuando no recae sobre noticias intuitivas, sino sobre las ajenas y extrañas que se le comu– nicarían acaso rpor personas menos instruídas o poco veraces, bajo del seguro de que como recién llegado a aquella capital no tendría todo el conocimiento práctico que era menester para discernir seme– jante materia" {12). Mal que pese al contador Ruiz de Landázuri y al cáustico fiscal, eran tan ciertas las noticias de Guirior que, previo asesoramiento de la junta de real hacienda santafereña, se acordó suspender el cobro de derechos que solían percibir algunos oficiales reales, el guarda mayor y otros empleados, "por no haber arancel que los permita" (13). Y no habrá leguleyo del consejo capaz de desmentirle. (10) AGI, sec. Santa Fe, leg. 690: Guirior a Jullán de Arrlaga; Cartagena, f de diciembre de f 772. Adjuntos tres informes, fechados el 21 de noviembre en la misma Cartag,ena de Indias: dos sobre los derechos que se cobraban en los puertos mencionados y el de Veracruz; el tercero, con el arancel que propone el virrey Gulrior. (11) Informe de 13 de agosto de 1773. AGI, sec. Santa Fe, leg. 690. (12) Consejo de Indias, 7 de septiembre de 1773. AGI, ibid. (13) Instrucción o Relación de mando que entrega el vlrr,ey Guirlor a su sucesor don Antonio Manuel de Flórez; parte II, "Gobierno y Administración de justicia". AGI, Santa Fe, leg. 691. Este ej,emplar, firmado y rubricado por Gulrlor, lleva el

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