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50 E. ZUDAIRE que se valiesse por reliquia, contra las tentaciones, de nna carta que tenía de la dicha Beata. Y él se vestía de cosas suyas y guardava sus cabellos y pañitos que avían llegado a su persona y los repartía por Reliquias, diziendo que eran de sancta Catalina de Sena y de sancta Teresa de Iesús. Y escrevía en un Librito muchas revelaciones que ella le dezía, del estado de ciertas almas. Y que dezía a la susodicha las faltas y pecados de los que confessava, para que diziéndoselos ella a ellos la tuviessen por sierva de Dios y que tenía espíritu de profecía. Y enseñava que la Luz que Dios da a cada uno para salvarse es de tal manera limitada que, dada de una vez o de muchas, no se le da más. Y que nadie podía alcangar la virtud si no era su discípulo. Y que el agua bendita no quita los pecados, y prohivía el echarla sobre las sepolturas. Y que la señal ordinaria de que uno estava predestinado era aprovecharse luego de los medios que Dios le dava y que si no lo hazía era precito y réprobo. Y que se puede ver a Dios en esta vida sin perder la fee. Y que avía enfermos de amor de Dios. Y que no podía ver a Dios quien no tuviesse la opinión de que la Virgen San– tíssima fue concebida sin pecado Original. Y que para hazernos Dios mercedes no tenía necessidad de nuestra penitencia, entendiendo assí el lugar de San Pedro que dize: "Sine penitentia sunt dona Dei...". Y que dava un santo Crucifixo a sus Beatas y les aconsejava que se acos– tassen con él. Fue condenado que salga en Aucto público en forma de penitente y que retracte las proposiciones de que está testificado y acusado, las más graves de que le fuere mandado, y que esté recluso en un mo– nasterio por tiempo de quatro años, el primero de los quales no celebre, y en él pueda comulgar las Pasquas y fiestas solemnes, y en privación perpetua de predicar, confesar y administrar Sacramentos y que con– fiesse con la persona que el Sancto Officio le señalare, y reze todos los días de su vida vocalmente una parte del Rosario de Nuestra Se– ñora, y no salga de Seuilla sin licenzia del Sancto Officio, y en dozien– tos ducados para los gastos dél. Y haviendo sido leyda y pronunciada en el dicho aucto la dicha sentencia, en el púlpito de la dicha Iglesia adonde se suele predicar, fue subido a él el dicho Juan de Villalpando y en boz alta retrató veinte y dos de las dichas proposiciones que le fueron señaladas, y la forma en que hizo la dicha retractación fue como sigue: 492 ANUARIO DE ESTUDIOS ATLANTICOS

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