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EL MAESTRO JUAN DE VILLALPANDO, SOSPECHOSO DE HEREJÍA 13 en término de dos años que requirió al Inquisidor General, el obis– po de Cuenca D. Andrés Pacheco, la inmediata publicación del Edicto de gracia (que podría aliviarles al menos de los que volun– tariamente se autodelataran), la prohi'bición de las reuniones noc– turnas y la del uso del hábito de las beatas, "pues si esto no se hace (ataja) en dos años, no se acavará esta quimera y costará muchos ducados al fisco" 86 • Para el 22 de agosto de 1623 tenían ya registrados unos mil culpables, según papeles y fichas, aunque no todos encarcelados. De ellos, 156 embusteros, "que... abfan dado en fingirse sanctos y se arrobaban de ordinario en las iglesias, en sus casas y otras partes, y dezían tener revelaciones de Dios, de N." Sr.ª y de los sanctas ... a los que trataban familiarmente ... y con lo dicho pro– phetaban cosas por venir" y repelaban a los incautos. "Y entre esta cantidad de embusteros, ay frayles, clérigos, monjas y mu– chas beatas, doncellas, casadas y algunos hombres se,glares, que todos, como está dicho, se an creado con la mala doctrina de los maestros desta secta de los alumbrados." Se habían ya presen– tado voluntariamente, "por hallarse culpados y testificados", más de 120 personas de todo estado, edad, condición y sexo 37 , acogién– dose al EJdicto de gracia publicado el 9 de mayo de 1623 38 • El apla– zamiento a que alude Alonso de Hoces "hasta prender las caueQas a,a Madrid, 28 de enero de 1623. Se remiten al Inquisidor General seis procesos de alumbrados, que son "gran invención y máquina". Faltan aún más de 300 contestes ;por examinar. AHiN., Inquis., leg. 2960. a1 Sevilla, 22 de agosto de 1623. Los Inquisidores sobre lo que se haze en la causa de los alumbrados. AHN., Inquis., leg. 2960. as "Nos, Don Andrés Pacheco, por la gracia de Dios, obispo, Inquisidor Apostólico... Madrid, 9 de mayo de 1623". R. A. Historia, Jesuitas, t. 89, documento 168. Impreso, 6 fols. - En AHN., Inquis., 3716-13, el borrador del Edicto. - ,Se formulan 76 proposiciones de los "alumbrados", tenidas por erróneas, acerca de las cuales se pregunta a toda persona "para que se delate y delate a los ,que juzgaren cu1pados". ¡Guay del que no se delate! Bien puede temer sobre si toda la ira santa de los inquisidores, ¡porque no ha de faltar acusa.dor sigiloso y embozado.--PrnbliCó copia del citado Edicto, J. de Guinert en Documenta ecclesiastica christianae perfectioni,s studium spec– tantia. Roma, 1931, págs. 229-240. Núm. 14 (1968) 455

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