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FRAY MlGUEL DE PAMPLONA 339 réditos vencidos podrían concederse. Por ejemplo, los 30.000 pesos, que, por escritura de 15 de mayo de 1762, .se comprometieron a entregar don Domingo Carlos Tristán y su hijo don Joaquín, al rector jesuita de dicho colegio para obras pías, en forma de 100 peruleras. de aguardiente anuales, de su viña de Aplau, del valle de Maxes, a 10 pesos cada una, por espacio de 30 años. De ellos quedaban aún 26.000 pesos pendientes de entrega. Su Ilustrísima por su parte no solamente se ofrece a hacer las oportunas conmutaciones para que éstas y otras rentas puedan aplicarse a dicho hospicio, sino que se compromete incluso a entregar al momento, de sus rentas epis– copales, otros 8.000 pesos y en el futuro cuanto le permitan sus. disponibilidades. Elogió el director general de temporalidades, don Cristóbal Francisco Rodríguez, la iniciativa y desprendida generosidad de fray Miguel y se conformó el abogado defensor de temporalidades. con lo expresado por su director general. Una objeción podía presentarse al « allanamiento y caritativo celo del actual Ilmo. Sr. Obispo » en el nuevo destino del que fue colegio de la Compañía: por la Junta Superior de Temporalidades. de Lima se había acordado, el 10 de noviembre de 1780, instalar en él la universidad pública de Arequipa y el colegio y congregación_ del Oratorio de S. Felipe Neri. Mas, como no se había elevado el in-– forme a S.M., consideró el fiscal de la Real Audiencia, don Juan Gálvez, por de ningún valor el citado acuerdo y por más puesto en razón que, suspendidos los efectos de la citada Junta, « se aplique el edificio del que fue colegio de jesuitas en Arequipa para Hospicio Gral. de pobres de ambos sexos, bajo la protección y real patronato de S.M., con la debida separación de departamentos. Y que se apli– quen los réditos que se mencionaban en el informe de la Junta del Obispo de Arequipa, agregándose las limosnas del vecindario y los. socorros del Ilmo. Sr. Obispo, en cuya piedad se afianza la esta-– bilidad de este importante establecimiento ». Reunida la Junta Superior de Temporalidades en la Ciudad de los Reyes (Lima), el 23 de julio de 1783, bajo la presidencia de don Agustín de Jáuregui y con la asistencia de los señores don Mel– chor Jacot Ortiz Rojano, regente la Real Audiencia, del doctor don Francisco de Santiago Concha, canónigo doctoral de Lima, como delegado del señor arzobispo, del señor _don Francisco Moreno~ fiscal de lo civil y de la dicha Junta y protector de los naturales del Perú, accedió a las proposiciones de la de Arequipa y dio cuenta al señor obispo de lo resuelto, « significándole la gratitud de esta Junta y el gozo con que ha reconocido su caritativo zelo en beneficio <le la diocesis ».
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