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FRAY MIGUEL DE PAMPLONA 31f pesos para los gastos extraordinarios del seminario. No ignora el padre procurador la cortedad de estos recursos; pero confía en que del sobrante de las temporalidades. pueda distraerse alguna cantidad para la costosa fundación que proyecta 57 • Si del hospital se hacía seminario, la casa del señor Blas se con– vertiría en albergue de misioneros, en el que se habilitarían cinco habitaciones: « una principal, que ocupará el Maestro y Director de la casa, cuio Magisterio se alternará entre ellos por años; y las otras quatro avitaciones yguales en todo, para los otros missioneros y siem– pre será útil el que residan en el Colegio de Missiones », para que la emulación sirva de estímulo. El ministro o director de la casa debe morar habitualmente en ella, « no sólo para el mejor régimen, govier– no y sujecion de los clérigos reclusos, sino porque debe mantener en la sala principal de la casa una escuela de predicación y elocuen– cia apostólica y una cátedra de Moral, como obligacion peculiar de dicho ministerio. A esta clase podrán ir los teólogos y juristas cole– giales que se inclinaren a esta carrera y · también otros de afuera... y se prefieren en el cargo de misioneros, los más idóneos». De los cuatro misioneros, dos saldrán cada año a su apostolado, según se prescribe en las fundaciones de Mompox y de Cartagena; « y los dos que se quedaren, el uno de ellos que será el catedrático de Moral,. tendrá la obligación de azer por tiempo de Quaresma una mission por tres dias continuados en la Santa Iglesia Catedral, otros tres en la parrochia de la Santissima Trinidad y otros tres en la de Santo· Toribio; y el otro, el predicar la feria quaresmal en el colegio o semi– nario, alternándose entre sí para todas sus funciones y salidas a excep– ción del cathedratico de Moral que ha de estar siempre en la Ciudad». Juzga fray Miguel que su plan ce seminario se halla muy ajus– tado a varias reales órdenes, reales cédulas y reales pragmáticas, como la de 23 de abril de 1768, dada para Cartagena de Indias, la de 2 de abril, art. 8 y la de 8 de abril, cap. 16, de 1770 58 . ¡ Qué veta tan ordenan– cista la de ~ste curtido militar! No faltará quien se lo eche en rostro con cierta destemplanza. 57 Por no traicionar el pensamiento, aff'.ográficamente expresado, de fray Miguel de· Pamplona, copiamos lo que, referente a este últin10 recurso, ex!)uso al virrey y Audiencia: de Santa Fe: « Hasta el presente estado quedan ya distribuidos de los fondos de las tem• poralidades, 158.736 pesos y quedan sobrantes, esclusos los principales de capellanías,· mas de 60.000 pesos »; de ellos, parte se invirtieron en el transporte de los expulsos « y en el' anual socorro que la piedad del Rey les ha asignado ». No pide el P. Pamplona inmediata aplicación de los restantes, « por no retardar mas el estahlecimiento del Seminario, ni difi. cuitar su fundación ». os APV, carp. 9, leg. 4/1, doc. 941-2: « Copia... del proyecto presentado por el. Pro• curador General de estas temporalidades al Virrey y Audiencia de Santa Fee ... El tercer proyecto del Procurador General es tan import;;.nte... » La copia, de puño y letra de fray Miguel de Pamplona, remitida con carta al prov·.ncial de capuchinos de Valencia.
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