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8 E. ZUDAIRE HUARTE res y Consejo de Ciento: «y aunque conforme a vuestra obligación lo de· véiz hazer y havéis acostumbrado, todavía quiero advertiros dello y que no deys lugar a que yo aplique a esto el remedio que fuere menester», puesto que había hecho publicar el «Prínceps namque», usando de las fa· cultades que le concedían las constituciones de Cataluña. 16 Al hacerles en· trega el duque de Cardona de la carta del Rey, díjoles que su Majestad se había visto precisado a servirse de aquella regalía porque, pese a lo que él mismo les tenía advertido sobre la necesidad de prevenirse contra la amenaza cierta de invasión de los franceses, «hasta oy no veo que por otro camino se aya facilitado la defensa que su Magd. desea, por más que se <leva ver quan cargado está su Magd. de exércitos». Confiaba el Virrey en su cooperación eficaz en tal guisa «que viese su Magd. que para todo tie• ne en los catalanes los más firmes vasallos de su Monarquía». Lejos de avenirse diputados y conselleres a las razones expuestas por el Virrey, decidieron escribir al Monarca, rogándole que revocase su deci· sión; firmar duda, que fue admitida, contra la declaración de su Majestad de que había obrado en razón de sus mismas facultades constitucionales, y obrar, Ciudad y Diputación, de común acuerdo. 17 El Real Consejo de Cataluña •atento el Virrey que en los pregones havía hecho publicar, no asenyalava diada sierta del Rey», 18 desestimó la duda presentada por los diputados; en consecuencia, se encargó a vegue· res y comisarios la declaración de somatén general. El Virrey continuaba entre tanto las exploraciones fronterizas, celebra· ba juntas con los jefes del ejército en Barcelona, recibía informes técnicos ,e El Rey a los consellers, por Cancillería y entregada mediante el Virrey. A. H. C. B., Registro deliberaciones, fol. 198 v. Las discusiones primeras en torno al bando su– sodicho pueden leerse en el mismo registro, fols. 167 v.-222, en que nos hemos fundado para la relación del incidente. 11 A. H. C. B., Registro deliberaciones, 18 y 24 de julio de 1637; fols. 204-204 v.; 210- 210 v., y 212. 18 Biblioteca Nacional de Madrid, Manuscrito 2055; GERÓNIMO DE REAL, Varios su– cesos..., pág. 6. Según el ilustre gerundense, el usatge «Prínceps namque» se aplica cuan• do el Príncipe está preso de enemigos y cuando la Provincia es invadida por ellos. Aho– ra bien, ni uno ni otro caso se daban al presente. En esto y en la interpretación que va– ya dando a los diversos lances se guiará el cronista por las declaraciones de los diputa– dos. Lo más aceptable de su crónica es la relación simple de los hechos coetáneos, no sus disquisiciones jurídicas. 92

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