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dose de tratar en la veinticllllatrena todo lo que se t:r.ata en las Cortes y se vota en el Brazo real, si el lugar de las Cortes es distante de Bar• celona se pierde :mucho tiempo en ir y volver los correos y en el entre~ tanto pam la Corte, a veces por variar los tratados; por momentos su.. cede que 1as respuestas que hace la veinticuatrena no son a propósito pm· haber mudado las materias de estado; y es fuerza volver a consultar con la veinticuatrena. El segundo, que teniéndose las Cortes en Barcelona es fácil por vía de negociación de los ministros que son presentes, dis– poner la veinticuatrena para fa resolución que se desea y es menester; y con la distancia del lugar a.onde se hacen las Cortes, se puede ajustar <;on nmcho trabajo y dificultad, Que en e] caso presente, la ciudad de Ba:rcelona sentirá mucho que se hagan las Cortes en otro lugar, atribuyéndolo a disgusto de Su Ma, jestad por las cosas pendientes, con que pii.ra negociarlas pondrá d.isen– th:ni.entos a los tratados de justicia y de gracia, y con esto será dificul– tosa la co11clusión de las Cortes y se dilatará el despacho de ellas mucho más que sJ. se t:rata:ran en Bárcelona. Finalmente, po:r el contrato hecho por . Su Majestad con la cimJad en el año 1632, en orden al censo de las 110 mil libras, pretenderá la ciudad, expiradas estas Cortes, cobrar luego el capital y réditos corridos de este censo, o ent:rar en posesión de las rentas de la Bailía general que se le hipotecaron. En contrario, para que, dejando expirar estas Cortes de Barcelona, se baga n.ueva convocación para otro lugar de Ca,taluña, se pondrán los motivos siguientes: Que la, experiencia ha mostrado que estas Cox·tes de Barcelona han tenido muchas largas y di.laciones por causa de los dh1entimientos, que, fos convocados, confusamente han puesto a los t:ratados de justicia y de gracia ; los cuales, por la mayor parte, han nacido y nacen de la multitud de los convocados en el Brazo militar, y ésta procede de las comodidades ,que gozan todos en Barcelona; porque es cierto que sin ellas 110 acudi~ :rfan a las Cortes tantos y los que vendrían trabajarían para concluir con ellr.s y volverse a sus casas y 1ibra1·se de fas incomodidades del lugar. Esta conside:ración tuvieron en Jo antiguo los señores Reyes, celebrando tantas Cortes e11 Monzón, 'fortosa, Lérida, Montbl.anch, Perpiñán, Cer~ vera y San Cugat, Fraga y en otros lugares de Cataluña. Que esta razón es más apretada en el éstado presente, en el cnal la dudad de Ba.rcel.ona, para alcanzar el a.c.iiento de sus cosas, es ci.erto ha de poner disentimientos, de los cuales es bien se trate fuera de aquella ciudad, por excusar eI modo con que procede el pueblo de Barcelona· en ]os puntos que Ie tocan, y por ser conforme a buena: razón de estado que,

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