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lufí.a en este estado se puede felicísimos sucesos en bien y consuelo de Cataluña, conser,ración y aumento de sus :regalías. Pregunta segund{:i.: Si convendrá continuar- la,11 (Jortes empezadas en la chulrul de Barcelona, o dejándola-s P,:;',1H,n1,1t. convocai·las de niievo e1. otro de Oatal.nña. P,1ra que se continúen y concluyan en la ciudad de Barcelona las que están empezadas, sin hacer otra convocación para otro lugar de Catalu– se pueden considerar los motivos siguientes: Que en estas Cortes que están empezadas en Barcelona y están pro– se han adelantado mucho las materias; particularmente por la Junta de los habilitados está hecha la habilitación de los tres esta– mentos; por la de las constituciones y agravios, se h.an apuntado y mi– nutado muchas constituciones y todos bs agravios generales que habían visto los estamentos y sólo falta presentarlos a Su Majestad para que :mande poner sus reales decretos; por la del redrezo del General, está apuntado el redrezo de la Diputación y Generalidades; y así solamente falta concluir con las pretensiones particulares y trat:i.r de los decretos de las constituciones en la .Tunta de confei·encias, que se compone de ministros de Su Majestad y de personas de los tn,s csfa::nentos. Y que por esto, según el estado en que se hallan estas Cortes, se podrán con– cluir con menor espacio de tiempo deI que será"nccesario_, habiéndose de exnpezar de nuevo, dando ·estas por expil.'adas; porque i!ü habrán de nombrar oficiales nuevos en todas las Juntas, y, como si no se hubiera hecho nada, se ha de hacer todo nuevamente, con mucha dificultad por la poca noticia que tendrán estos nuevos oficiales, de las materias. Que la ciudad de Barcelona es :rrrny a propósito pa1·a tener Cortes, tanto por ser cabeza del Principado, cuanto por tener tal sitio que con facilidad pueden los síndicos .de los cabildos y ciudades y pueblos, que tienen voto en Cortes, consultar a sus principales y cobrar respuestas d.e ellos en los puntos que es menester, en que suele gastarse mucho tiempo cuando las Cortes se tratan 1 "Jl lugares fuera de Barcelona; y por resto las Cortes que se han tenido en Barcelona han sido más breves y cortas que Ias que se han convocado en Monzón y otros lugares. Que particualr1nente es conveniente, para el breve despacho de las Cortes, que se tengan en Barcelona, por la mano que tiene en los tra• fados de ella la veinticuatrena que nombra aquella ciudad, con parecer de la cual y no sin él votan sus síndicos. En esto se experimentan dos puntos de embarazo y dilación de las Cortes: es el primero, que habiéu-
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