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12 E, ZUDAIRE HUARTE vacaran otras (22). Si más pruebas no hubiera, bastará saber que el Principado estaba aún por suplicar al Rey que se las celebrara, habiendo acostumbrado siempre, hasta el año de 1599, instarle a ello, una vez transcurrido el tiempo legal (tres años, desde mucho atrás). Si el Rey, convencido de la necesidad, se anticipaba, debería estar prevenido contra el torpedeo constante con que, al socaire del recurso tradicional y legítimo del disentimiento, habían de. aco– sarle así en los asuntos de gracia como en los de justicia. Añádese a esto-continúa el Protonotario-la presión que ejer– ce el pueblo barcelonés mediante su veinticuatrena de Cortes, vinculada al Consejo de Ciento, siempre que se terciaren cuestiones de su interés particular; tal podría suceder (como en 1632) con el pleito de la Cobertura o Grandeza de sus Conselleres, con el que otra vez volverían a paralizar las Cortes (23). ¿ Cómo sortear tantos escollos y remediar tantos inconvenien– tes? Arguye Villanueva que la prorrogación de las Cortes para Barcelona ofrece varias ventajas: podrían concluirse en menos tiempo, por estar nombrados ya los oficiales, minutadas varias constituciones, habilitados los síndicos o procuradores, examina– dos los agravios y preparado el redrezo de las Generalidades. A mayor abundamiento, los representantes de las villas y ciudades podrían más fácilmente consultar en las dudas al consejo muni– cipal respectivo; y la veinticuatrena de Cortes, sin cuyo refrendo nada se acordará en el Brazo Real, tendría a las puertas al Consejo de Ciento, del cual dependía en absoluto. Por otra parte, si se tras– ladaba la convocatoria para otra población, Barcelona se sentiría (22) Cfr:, en confirmación de lo dicho, los votos de la Junta Asesol'a del Cardenal Infante, ap. DANVILA, op. cit., VI, págs. 182-235. (23) Podríamos multiplicar los testimonios en que se confirma el influjo que ejercia Barcelona sobre las Cortes. Su Conseller en cap era el presidente indiscutible del Brazo Real, en el cual intervenía con cinco sindicas y procu– radores, más el notario de la Ciudad; en el Brazo Militar, según pudieron comprobar los tratadores de Cortes, los Caballeros más decididos e influyen– tes, pertenecian al Consejo de Ciento: AOA, CA, 260, 1, Consulta del 16 de junio de 1632. No podía tampoco desconocerse la influencia del cabildo de Bar– celona sobre los representantes de su clase.

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