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70 EULOGIO ZUDAIRE HUARTE Areche había tratado de explicar su proceder, en cartas al ministro José de Gálvez. Al año de ajusticiado José Gabriel Tupac Amaru, es– cribe: «Yo comprendí en mi sentencia, como V. E. habrá visto, todas las partes del terror necesario al miedo y escarmiento de atentados tan enormes como los que emprehendió el rebelde» (136). Alusión meridia– na al delito de lesa majestad. Mas no hubo ensañamiento; fácilmente se podrá reconocer que sólo buscó «armonizar la vindicta pública, el horror de esta justicia, con la piedad cristiana; pues, aun sin ser necesario, le franqueé las puertas de la defensa, le conduje por todos los términos legales, le convidé ante– riormente con la suavidad que podía permitirle». Se refiere a la res-– puesta que el 12 de marzo expidió a José Gabriel Tupac Amaru por su carta del 5 del mismo mes y a las inútiles diligencias que se practi– caron por el oidor Mata Linares, por los sacerdotes que le atendían y por el propio obispo Moscoso, que le visitó dos veces en su prisión, para hacerle renegar de su rebeldía. Afirma Areche que aun cuando Tupac mantuvo hasta el final su derecho sobre aquellos dominios, no llegó hasta el extremo de aventu– rar la salvación de su alma (137). «Y cuando ya la razón, la ley, la causa pública movieron mi trepidante mano al último golpe, se lo di en lo corporal el más benigno que me era permitido; pues al mismo tiempo que el público debía ver una ejecución que le horrorizase, sir– viéndole de escarmiento, ya por su novedad, ya por su modo, quise fuese tan pronta que no hubiese medio entre su muerte y su vida, por no atormentar un alma tan llena de crímenes, cuya consideración me hizo elegir la que sufrió y contemplé más proporcionada, entre las varias que reflexioné en la práctica de otras naciones civilizadas, en casos aún menores» (138). La mesa del Consejo aprobó las precedentes y otras varias sentencias (unas capitales, otras de destierro y otras abso~ lutorias) pronunciadas por el visitador Areche, por no hallar en los procesos defectos sustanciales y por considerarse indudable «que los reos principales merecían el castigo con el rigor que se ejecutó en ellos». (136) Areche a José Gálvez, Lima, 20 de julio de 1782: AGI, Lima, 1087. (137) Areche a José Gálvez, Cuzco, 18 de mayo de 1781: AGI, Lima, 1085. Al año siguiente (Lima, 23 de junio de 1782) afirma, en cambio, «que murió impeni– tente>>, pues negó al obispo toda razón para excomulgarle: Arechc a J. Gálvcz, en AGI, Lima, 1087. (138) Areche a J. Gálvez (borrador, letra de Mata Linares): RAH, Col. Mata Linares, tomo 57, fols. 308 y sigs.

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