BCCCAP00000000000000000001070
ANALISIS DE LA REBELION DE TUPAC AMARU 67 repartimientos asimismo legales; de alcabalas que en nada afectan a los indios, por estar exentos, como no lo ignoraba el insurgente; eman– cipación de los esclavos que se alistasen en sus filas; 5) haber impuesto pena de muerte a quien no le obedeciera; y a todos pago de tributo, que son prerrogativas del soberano; 6) fundición de cañones para opa~ nerse a la autoridad real; 7) asignación del lugar de su palacio y mé– todo de legislación para cuando fuese jefe universal de los dominios americanos; 8) atribuirse dictados reales, como se manifiesta en el borrador «José I», que se le encontró; 9) hacerse retratar con las insig– nias de la realeza; 1O) servirse de malas artes y falsas argucias, como la de ser comisionado regio y la de prometer la resurrección, luego de ser coronado, de cuantos murieran en los combates; 11) «Y última– mente, desde el principio de su traición, mandó y mandaba como Rey, bajo el frívolo, y falso pretexto de ser descendiente legítimo y único de la sangre real de los emperadores gentiles y con especialidad del Inca Felipe-Tupac-Amaro>>. En esta conclusión se resuelven todos los cargos formulados por Areche: delito de lesa majestad por haber procedido como rey sobe– rano y haber intentado que se le reconociera como tal. No menciona Areche la muerte del corregidor Arriaga como causa directa de delito, sino como punto de arranque de la sedición tupama– rista; ni reitera ninguna de las acusaciones de parricidio, alevosía, sacri– legio, depredación del erario público y de las haciendas particulares, y muerte de más de 10.000 vasallos de su majestad (entre españoles, indios y mestizos) con que le había cargado el promotor fiscal, don José Saavedra y Zaldívar (criollo), abogado de las reales audiencias. Aduce, en cambio, no un nuevo cargo, sino una razón especial que define el carácter de su sentencia: evitar con la ejecución de José Ga– briel Condorcanqui, alias Tupac Amaru, <das varias ideas que se han extendido entre casi toda la nación de los indios, llenos de supersti– ciones, que los inclina a creer la imposibilidad de que se le imponga pena capital por lo elevado de su carácter, creyéndolo del tronco prin– cipal de los Incas, como se ha titulado, y por eso dueño absoluto y na– tural de estos dominios y su vasallage» (131). (131) Sentencia pronunciada por José Antonio de Areche contra José Gabriel Tupac Amaro: AGI, Cuzco, 33, l. c., fols. 253-266v; CDIP, II-2, 766-767.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz