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ANALISIS DE LA REBELION DE TUPAC AMARU 25 e Illana de Arequipa y Gorrochátegui del Cuzco, son prueba &: 'que no todos obraban en cristiano (25). Según los municipales cuzqueños, el virrey Amat llegó a comisionar al contador real don Mariano Maruri para que pusiese en libertad de • cárceles y obrajes a cuantos penaban por deudas con los corregidores. Y el virrey Guirior se vio precisado a promulgar unas ordenanzas (20 de julio de 1777) para frenar tales demasías. El visitador Areche, por su parte, y el futuro virrey de Buenos Aires y de Lima don Ga– briel de Avilés arreciaron en sus fieras invectivas contra el mercantilis– mo de curas y corregidores (26). Sin embargo, son muy pocos los casos concretos denunciados y muchas, las ocasiones en que desesperaba el corregidor de reintegrarse por insolvencia de los clientes. En hecho de verdad, ¿quién se halló, fuera de los corregidores, que se aventurase a ese género de negociación crediticia con el indio? Jorge Escobedo, sucesor de Areche, se h.ará eco de las penurias padecidas por causa de esta abolición de los repartimientos. El virrey Guirior, que también les clavó sus rehiletes (los corregido– res son blanco de todas las iras), creyóse en la precisión de disculpar– les, porque, exceptuada tal cual bellaquería mercantil, «en todo lo demás de su cargo son conocidamente beneméritos en el real servicio, pues a ellos se .ha debido la paz y conservación de las provincias, sin otro auxilio para haberlas mantenido en sugeción y dependencia... El honor de su nacimiento, la representación de su carácter y el mérito y prendas que les hicieron dignos de ser empleados en aquel modo han sido para mí fuertes comprincipios para sostener su autoridad contra cualesquiera otros contrarios a ella en quienes dejan de concurrir igua– les presunciones» (27). Al enjuiciar ciertos informes, aunque procedan de los ilustrísimos ·prelados, y los ataques. de Tupac en sus manifiestos y proclamas no deben olvidarse al menos estos dos condicionantes: el ambiente hostil de la población por el cargo de juez y de ejecutor de la sentencia que ejercía el corregidor y la trascendencia que signi– fica para el caudillo rebelde privar a las provincias, por una acción rápida e imprevista, de sus gobernantes directos. Si en la .primera de (25) Representación de la ciudad del Cuzco sobre excesos de corregidores y cu– ras. Cuzco, 27 de agosto de 1768: RAH, Col. Mata Linares, IV, fols. 243-303. Infor– mes del obispado de Arequipa: Biblioteca Nacional de Lima (BNL), mss. C 4129 (año 1778). (26) Por ejemplo, Areche a J. Gálvez, 16 de octubre de 1781: AGI, Lima, 1086. G. Avilés a J. Gálvez, Cúzco, 30 de septiembre de 1782: AGI, Lima, 618. (27) Manuel de Guirior, «Relación de gobierno», ff. 66-72: BNM, mss. 3114.
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