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ANALISIS DE LA REBELION DE TUPAC AMARU 21 Aunque no fuera tan fatal el destino de los mitayos de Tinta, como lo describe Tupac Amaru, ni tan fatídico como lo presenta el profesor Pérez de Tudela (15), el sistema de la mita, heredado del Incario, siem– pre suscitó escrúpulos y quejas, pese a las ordenanzas humanizadoras del virrey Toledo; no obstante continuó vigente entre. polémicas sucesi– vas hasta entrado el siglo XIX. Ni el progresista, liberal '} filántropo don José Baquijano y Carrillo, catedrático de vísperas de leyes en San Marcos y protector de naturales, halló otra solución para el beneficio de las minas que el previsto y sancionado por .la Recopilación de ln,– dias (16), salvo renuncia a un recurso tan fundamental para la subsis– tencia misma del Estado, porque el número de voluntafi.:>s era, a todas luces, insuficiente y las tentativas con blancos y negros habían fra<;asa– do sin remedio. Solamente el indio, habituado a -quellos temperamen– tos, era capaz de trabajar sin quebranto de su salud en yacimientos situados a más de 3.000 metros de altura (17). No entramos en liza. Unicamente me permito indicar que este problema social no fue baza decisiva en la revuelta tupamarista, porque en toda su crudeza mordía sólo la provincia de Tinta; ni los Catari de Chayanta n: los sediciosos del, Callao, cuya vida dependía en buena parte de la explotación mi– nera, mencionan la mita como extorsión. O. Pebres Villarroel la consi– dera ventajosa en sí para el indio. Por la ley 8, título 13, libro 6 de la"Recopilación se había prohibi– do ~ trabajo de los indios en obrajes y en ingenios de azúcar. Los obrajes, fábricas textiles con batán y con elementos necesarios para el apresto, tinte y acabado, pertenecían comúnmente a empresarios par– ticulares, como el de Pomacanchi, cuyo principal acci::mista era don Bernardo de Lamadrid. Con los trabajadores libremente contratados solían redimir las penas algunos delincuentes con los pies argoHados; tampoco faltaban mitayos, cuya condición se había mejorado notable– mente desde las ordenanzas del conde de Santisteban (año 1674): sala- chor Paz, Diálogo, I, pág. 330. Idem a J. Antonio de Areche; Tinta, 5 de marzo de 1781: AGI, Cuzco, 33, «Quaderno Primero», fols. 207-216. Copias en CDIP, 11-2, 462 y 526, asunto de la mita. (15) Juan Pérez de Tudela, «Significado de la revolución de Tupac Amaru», en V Congreso de Historia de América (Lima, 1972), págs. 418-504. Menos apocalíptico O. Pebres Villarroel, en «Revista Histórica», XXVII (Lima, Perú, 1964), pág. 106. (16) En el Libro VI, Título 15, se "trata, en efecto, de la mano de obra minera a través de veintiuna leyes, procedentes de otras muchas disposiciones legislativas emanadas desde Carlos I a Carlos II. (17) «Mercurio Peruano» (Lima, 30 de enero de 1791), 70.

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