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6 E;. ZUDAIRE HUARTE taba ser la de sus premonstratenses. Campomanes interpretó eleemosy– naria por mendicante, cuando lo que significaba y en realidad ejercía era el de «limosnera», a fuer de albergue gratuito de peregrinos 14 • El mismo fiscal del Consejo de Castilla rechazó como apócrifas va– rias de las llamadas donaciones, aunque, según el lector y revisor de documentos antiguos don Francisco Manuel Terán, se consignaran en copias notariales auténticas. Plenamente convencido de que si hubo escrituras originales difícilmente podía quedar huella, pudo sin temor aferrarse a su tesis preconcebida de dar lo poseído por usurpado. En 1188, García de Gissen había cedido al monasterio, por 420 sueldos morlaneses, sus armentarios o majadas de «Sugete y Spelette» ; y el 27 de septiembre de 1230, el alférez mayor de Navarra y héroe de las Navas Juan Pérez de Baztán, había empeñado su palacio de Irurita y 25 de sus seles por 600 escudos de oro que le prestara el monasterio de Urdax; sólo consta de la devolución del palacio y molino, pues quizá nunca pudo hacer el reintegro m. Pero nada pareció desorbitar tanto a Campomanes como la «de– cantada donación Sotés». Arremete contra ella en todas sus interven– ciones. En su opinión se había pretendido presentar aquel documento como el acta fundacional de los premonstratenses de Urdax, aunque éstos en su réplica arguyeran en contrario 16 • El revisor Terán, lector de documentos antiguos, secretario de S. M. y archivero del Duque de Uceda, examinó (23 de mayo de 1772), por orden del Consejo de Cas– tilla, la copia que le presentó el abad de Urdax, P. Juan Bautista de Bengoechea; la describió como «un instrumento escrito en pergamino 14 P. GERMÁN DE PAMPLONA, El camino de peregrinación jacobea Bayona-Urdax. Velate-PamPlona, en «Príncipe de Viana» 25 (1964) 213-223. 15 Juan Périz de Baztán, alférez mayor de Navarra, «tenente Puente la Reina>, año 1230. Citado con frecuencia como testigo en documentos de Sancho el Fuerte. Puede comprobarse asimismo en GARCÍA LARRAGUETA, El Gran Priorato de Na– varra . .. , t. II, doc. 229. Debió de andar alcanzado de recursos, pues que en 1238 vende el peaje de Ainhoa al rey Teobaldo I. M. ELso, Histoire d'un village basque. Ainhoa (1966), pp. 18-19., publica fotocopia del doc. orig., que se guarda en AGN, Comptos, roo-x1v, cap. I. 1 º Alegan los canónigos de Urdax ante el escribano real Juan Irisarri que «el título que tienen de su legítimo derecho en la presente causa, diverso del de la Dona– ción Sotés, es la posesión inmemorial en que se halla este monasterio de que goza, según sentencias pronunciadas por el Real y Supremo Consejo de este Reino (Nava– rra), y concluidas y otorgadas entre dicho monasterio y el Valle de Baztán, que las presentarán en esta causa, a que se remiten». AHN, «doc. P. 2. Provanza de Urdax>, cons. 6927, año 1765. 42
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