BCCCAP00000000000000000001069

CAMPOMANÉS, DESAMORTIZADOR DEL MONASTE'.RIO DE URDAX 31 tensión suya a formar comunidad con el valle de Baztán y a participar en sus privilegios, fueros, intereses y gobierno político. Examinadas no menos de 25 piezas probatorias (memoriales, in– terrogatorios notariales de testigos, contratos de arriendo, licencias de vecindad, etc.), consultó el Consejo de Hacienda a S.M., con fecha 27 de abril de I 770 : que no había probabilidad alguna en la solicitud propugnada por el lugar de Urdax; puesto que para su incorporación a la real corona faltaba el presupuesto de haber pertenecido alguna vez al real patrimonio.· De la posesión inmemorial aducida por el mo– nasterio y de las diversas sentencias del Consejo de Navarra se des– prendía que dicho lugar de Urdax nunca había sido realengo, sino que de los canónigos regulares lateranenses, sus primeros dueños, se había transmitido inmediatamente a los premonstratenses, «dueños y seño– res territoriales que habían admitido y permitido se situasen algunos colonos y bordeantes ... » 65 • No se amilanaron los procuradores de U rdax por aquella andana– da. Solicitaron de S. M. que, antes de tomarse resolución alguna, se pasase el proceso original desde el Consejo de Hacienda a la Cámara de Castilla, por tratarse de intereses del Real Patrimonio, usurpados por el monasterio; y que, una vez oído su fiscal, don Pedro Rodríguez de Campomanes, se volviera a consultar al rey lo que se graduase oportuno. Y volvieron a ofrecer los r 5.000 únicos reales que les per– mitía su pobreza, no más que porque aquel pueblo, último de España en los confines mismos de Francia, se viera acogido a la protección so– berana de S. M. El Consejo de Hacienda insistió en qué antes de continuar el pro– ceso se reintegrara al monasterio en las rentas y aprovechamientos de los últimos quinquenios. Por reales órdenes, comunicadas mediante la Secretaría de Estado y el despacho de la Real Hacienda (17 de mayo y 16 de agosto de 1770) se admitió la demanda. Campomanes, primer fiscal de la Cámara, re– clamó todo el proceso como de su competencia. Y en su informe de 64 «Consulta hecha a su Magestad ... », año 1774. Arch. Baztán. «En la Villa de Urdax, a los trece días del Mes de Henero del año de mil setecientos y nobenta.» Ibid. AHN, Cons. (xp8. .., «Antecedentes que motivan este pleyto. Su estado y pretensiones», fols. 2 ss., del «Memorial Ajustado ... » (Madrid, 178o).

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz