BCCCAP00000000000000000001036

El órgano de la villa de Berástegui, s. XVII da, y asi bien sobre la casa de Patorea cuarenta ducados de plata asi como consta de la es– ra. en su razón otorgada; asi bien sobre la persona y bienes de Mtin de Echeverria Meaca y Catalina Lizartregui, su mujer, ciento cincuenta ducados de vellón de capital principal así co– mo consta de la esra. en su razón otorgada; así bien en Dn. José de Berástegui y Elena de Gorostizu su mujer, y sus bienes sesenta ducados de vellón asi bien como consta de esra. en su razón otorgada; de los cuales hacía e hizo a la dha iglesia dhos señores y sus pe.tronos entrega del dicho órgano y de los capitales de los dichos censos, por via de limosna, en nombre del dho capitán Dn Juan de Anciola, su hermano y los dhos señores como tales pa– tronos dixeron que estimando la devoción, voluntad y afecto del dho capitán Dn Juan de An– ciola y puntualidad con que el dho señor Bartolome de Anciola, alde, su hermano, ha execu– tado su orden, admitíán y recibían para la iglesia la limosna de dho órgano y cantidades que se entregan fundadas a censo, para ayuda de la renta y salario die que hubiere de tañerlo el órgano cuando haya medios y disposición de poder sobre la dha renta dar salario competen– te, y para que en todo tiempo conste desta entrega, se den al dho señor Bartolomé de Ancio– la, alde, traslados fehacientes de ella y este recivo y las dhas escrituras se pongan en el ar– chivo desta dha villa para usar dellas cuando convenga; y en esta conformidad el dho Barto– lomé de Anciola, alde, en nombre del capitán Juan de Anciola, su hermano, hizo entrega del órgano con los demás capitales expresados en dha escritura a los dhos señores sus patro– nos, quienes admitieron y aceptaron asi como va referido, y se obligaron de no contravenir a ello, pena de execución y costas que de lo contrario resultaren, a lo cual fueron testigos Juan Ramón de Larregui, Juan de Garaicoechea, maior en dias, Juan de lrisarri, vecinos y estan– tes en esta dha villa y los otorgantes a quienes yo el presente escribano doy fe conozco. Fir– maron de sus nombres los que sabían, y por los que dijeron no saber y a su ruego firmo un testigo. Martín de Saizan, Martín de Gazpio Zamarguin, Martín de Garaicoechea, Juan de Aizpurueta, José de Berástegui, Bartolomé de Anciole.. Yo Jase de Arrambiede esno de su mgtad y del numero desta villa de Berastegui y subcesor en los registros y protocolos que dejo Francisco de Echeverria, esno que fue del mismo numero, hice sacar y saqué este tras– lado de su registro original que queda en mi poder a donde me refiero. En fe de ello signe y firme. De pedimento de los rexidores del reximiento desta dha villa, en ella a doce de sep– tiembre de mil setecientos quarenta y seis. En testimonio de verdad Jase de Arrambide. Contrato de Matias de Rueda y Mañeru. (A.D.P. C. 1812, n5) En la villa de Berastegui, a tres de abril del año de mil setecientos cuarenta y cuatro, an– te mi el escribano y testigos de yuso, parecio presenta Matias de Rueda y Mañeru, mtro or– ganero de la ciudad de Pamplona, estante al presente en esta dha villa y dijo que por la pnte carta y su tenor en la via y forma que haya lugar se obliga y se obligo con su persona y bie– nes habidos y por haber, de que obrara y executara dos rexistros, el uno que llaman obue y el otro de clarincito, de manera que sirvan de ambas manos a donde el órgano que hay en esta villa y en el paraje donde se hallan otros dos registros que se llaman dulzainas, y de po– nerlos de aqui a tres años próximos venideros, empezados a correr desde hoy dia de la fe– cha desta carta, y de hacer entrega a satisfaccion del organista actual que haya en d1a igle– sia o al que por entonces dha iglesia sirviere, por la ce.ntidad de cuarenta pesos de a quince reales de vellon cada uno, y mas para reducir el material de dhos rexistros la cañutería de Musiker. 10, 1998, 5-12 11

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz