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Zudaire, Claudia Fundación de Juan de Anciola para el órgano de Berástegui. (ADP, C 1618, n17) "En la muy noble y leal villa de Berastegui y en el Zimenterio de la iglesia parroquial del glorioso San Martín della, a veinte y seis del mes de julio del año de mil seiscientos ochenta y cinco, por testimonio de mi el presente escribano, se juntaron como lo tienen de uso y cos– tumbre de inmemorial tiempo a esta parte, para tratar y conferir y resolver las cosas tocantes y cumplideras al servicio de Dios ntro Señor y de su mgtad y bien común desta república, los señores Bartolomé de Anciola, alcalde ordinario y juez de esta villa y su término y jurisdicción por su mgtad, Martín de Saizan Tellechea, Martín de Garaicoechea Muxica y Martín Juan de Saizan, rexidores y plena jurisdición della, Juan de Arizpurueta, Francisco de Anciola Chartia, Juan de Aranalde Segastiberria, Juan de Garciarena, Matias de Arrue, Bartolomé de Gorosti– za, Bernardo de Burinaga, Jacobe de Ustoa, Pedro de lparaguirre Bulacia, Gregario de lba– rrola, Martín de Altuna, Juan de Gazpio, Martín de Echeverria Meaca, Dn Joseph de Beráste– gui, Francisco de Berástegui, Cristobal de Martizancena Sebastián de Alduncin, Juan de Garciarena lturriaga, Miguel de lnchaurrondo, Miguel de Goyenechea, Antonio de Gorostizu, Domingo de Bono Sanjuanena, Domingo de lbarrola, Martín de Gazpio, Martín de Aranalde Lizarraga, todos vecinos desta dha villa, por si mismo y en nombre de dho Concejo y demás vecinos della, hermanos ausentes por quienes prestaron voto y caución de rato iudicatum solvendo, de que habrán por bueno firme y a perpetuo baledero, lo que de yuso se dirá so expresa obligación que para ello hicieron de los propios, haber y rentas del dho Consejo y de sus personas y bienes muebles y raíces, derechos y acciones presentes y futuros y estan– do así juntos, el dho señor Bartolomé de Anciola, alde, dijo que el señor Capitán Dn. Juan de Anciola, su hermano, movido de la voluntad y afecto de hijo desta noble villa, y amor y cariño que tiene de la iglesia parroquial della, de la cual esta noble villa es patrona única y mere le– ga, le ordenó que dispusiese un órgano y lo diese y entregase de limosna a la dha iglesia y señores sus patronos, y para este efecto le remitió dos mil pesos, con orden también de que lo que sobrase dellos, fabricado el órgano, se emplease y fundase a censo y se entregase la escritura a la dha iglesia y sus patronos, para que la renta que procediera de los dhos cen– sos, sirva para siempre para ayuda de salario del que se empleare en tañer el órgano y fuere puesto y elexido para ello por la iglesia y sus patronos, y por cuanto en exercicio de dha or– den ha hecho fabricar el órgano y ha tenido de costa setecientos y cincuenta reales de a ocho, y está ya puesto en el coro de la dha iglesia parroquial, y lo que sobró de los dos mil pesos está fundado a saber: sobre la persona y bienes de Martín de Garciarena Elaunde y Dionisia Garciarena su fiador, ciento setenta ducados de plata así como consta por dos es– crituras en su razón otorgadas; en Francisco de Echeverria como principal y Juan de Aizpu– rueta, Martín de Garaicoechea Muxica y Martín de Garciarena Arrese, sus fiadores, de ciento y veinte ducados de plata asi como consta de la escritura en su razón otorgada; en Dn. Pe– dro de Arvide, rector propio de la iglesia parroquial desta villa como principal y en Miguel de Olaondo Mtin de Gazpio Zamarregui, Santiago de Arvide lparraguirre, Juan de Ugalde, sus fiadores, de ciento cincuenta ducados de plata, mitad de trescientos ducados de plata, que los otros los redimio como consta por las escrituras en su razón otorgadas; en Mtin de Ara– nalde Lizarraga como principal, Juan de Lasquibar y Bartolomé de Gorostizu sus fiadores con cien ducados de plata asi como consta de la escritura en su razón otorgada; en Antonio de Bazterica, dueño de la casa de lrazabal y consortes, treinta ducados de plata así como consta de la esra. en su razón otorgada, mas sobre la casa de Anzarrobi sita en la villa de Amasa, cien Ducados de vellón de principal así como consta de la esra. en su razón otorga- 10 Musiker. 10, 1998, 5-12

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