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460 Leocadio de Iza! l l. - EL DINAMISMO SOCIAL DEL TERMINO << JUSTICIA-EQUIDAD >> EN TORNO A LA PERSONA HUMANA En íntima relación con la doctrina sobre la persona humana encon– tramos el binomio justicia-equidad, justicia-humanidad. En realidad no se trata más que de un corolario obvio y patente del pensamiento pontificio sobre el hombre, a través de toda la encíclica. La profun– didad doctrinal de la Mater et magistra se descubre precisamente a medida que se estudian los aspectos nuevos de la misma. La vincula– ción del concepto de persona con el concepto de equidad y humanidad, como nueva dimensión de la justicia, prueban abiertamente el valor lógico del nuevo documento. Justicia-equidad, un término nuevo Con todo, sería erróneo pensar que el binomio justicia-equidad es una novedad dentro de la doctrina social de la Iglesia. Latía ya en los documentos anteriores. Y lo encontramos a partir de la encí– clica Rerum novarum. Juan XXIII nos dice que la Rerum novarum enseña que la remuneración del trabajo no puede ser fijada con cri– terios comerciales, sino que se debe ajustar << a las leyes de la justicia y de la equidad >> (53). Al Estado le compete vigilar para que los con– tratos de trabajo se acomoden a las<< normas de justicia y equidad>> (54). El concepto tampoco es ajeno a la enseñanza de Pío XI, quien, después de rechazar la opinión de los que consideran injusto el régimen del salariado y de lamentarse de que en la práctica este régimen haya sido aplicado injusta e inhumanamente, advierte que los criterios de la determinación del salario nunca deberán apartarse de << la justicia y equidad >> (55). Finalmente el pensamiento social de Pío XII con– tinúa en la misma línea y expone nuevos matices en las normas de convivencia humana, principalmente cuando se refiere a la propiedad (53) MM, 18. (54) MM, 21. (55) MM, 31.

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