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Persona humana y justicia-equidad 457 una política social adecuada y que los mismos agricultores se unan entre sí, para crear los presupuestos de desarrollo y de progreso. Al Estado le compete una función subsidiaria. Los mismos agricultores tienen que ser los autores y promotores principales del desarrollo económico, del progreso cultural y de todos los avances sociales (42). Idénticos principios aplica después al hablar del desarrollo de las naciones retrasadas. Lo más importante de est~ labor es dar a los particulares todos los elementos para que ellos puedan salir de su estado de subdesarrollo. Formarlos profesionalmente para que des– empeñen los diferentes cargos (43), y conseguir por medio de capi– tales y de ayudas técnicas (44), que ellos sean los principales autores del progreso en sus respectivas naciones (45). Todo esto se deduce del principio de subsidiaridad del Estado, que con relación a la persona y tal como lo encontramos en el pensa– miento social de Juan XXIII, podemos enunciarlo así: crear dentro de la sociedad los presupuestos sociales, jurídicos, económicos y cultu– rales para que la persona pueda libremente autodeterminarse y con– seguir su propio perfeccionamiento. El riesgo de la persona humana El incremento de las relaciones sociales, en las cuales está inmerso el hombre y que caracteriza a nuestra sociedad, al mismo tiempo que es un medio de desarrollo de la personalidad, implica graves riesgos. Pío XI se había referido al mismo, cuando se lamentaba del embrute– cimiento del trabajo humano en la industria moderna, y Pío XII aludía a la monstruosa obra de convertir al hombre en gigante del mundo físico, a expensas de su espíritu, y de reducirlo a pigmeo en el mundo sobrenatural y divino (46). El pensamiento social de Juan XXIII (42) MM, 144, 148. (43) MM, 151. (44) MM, 163s. (45) MM, 151. (46) MM, 242s.

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