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del trabajador" (6). Todas estas diferencias reglamentarias en materia tah importante acusaban un descontento social y una sensación de injusticia. 2) La experiencia de 1942-1945 había tenido una acogida favorable. Pero al mismo tiempo eran grandes los inconvenientes de una legislación múltiple. La Orden de 29 de marzo de 1946 puso limite a todas estas difi– cultades unificando la organización y el funcionamiento del Plus Familiar, al mismo tiempo que lo extendía a todos los trabajadores por cuenta ajena, cualquiera fuese el carácter de la empresa o entidad, privada o pública. Elevó el porcentaje de la nómina a distribuir como Plus del 5 al 10 %, para la mayor parte· de las indm;trias, y estableció como valor máximo del punto 30, 40 ó 60 pesetas mensuales, según que el fondo quedase formado por el 10, 15 ó 20 % de la nómina. En 1950 se amplió todavía más el campo de aplicación del Plus Familiar, se elevó el porcentaje a repartir y se estableció definitivamente para todas las industrias como mínimo el 10 % de la nómina para integrar el fondo del Plus. 3) El tercer hito importante es la Orden de 16 de octubre de 1952 (7), que da un carácter definitivamente permanente a la institución del Plus Familiar. Hasta dicha fecha se le llamaba Plus de Cargas Familiares, expresión que denotaba el carácter transitorio del mismo. Pero a partir de dicha Orden el Plus queda incorporado establemente a nuestra ordenación labo– ral y se le llama PLUS FAMILIAR. No se pone ya ningún tope al valor del punto; así, tcido el fondo del Plus se distribuye entre los trabajadores con cargas. En 1954 se vuelve a elevar el tanto por ciento de la nómina, que en la mayoría de las actividades alcanza a ser el 20 %. · Este es, a grandes trazos, el camino recorrido por la institución del .. Plus Familiar, que brota silenciosamente en la conciéncia de algunos em– presarios y que, paso a paso, se convierte en una institución nacional, pro– fundamente arraigada en el campo laboral. En qué consiste el Plus Familiar. Consiste en un tanto por ciento de la nómina de salarios de cada empresa, aportado únicamente por la misma empresa y que se distribuye entre todo su personal por el sistema de puntos, según el número de familiares que cada trabajador tenga a su cargo. El valor del punto se fija en general trimestralmente, y se obtiene dividiendo el porcentaje de la nómina por el número total de puntos. El Plus Familiar que corresponde a cad;i obrero se obtiene multiplicando el cociente -valor del punto- por el número .de puntos que tiene el traba– jador. (7) Bol. Of. del Estado, 18 de octubre de 1952. (6) AMADO FERNÁNDEZ HERAS, Normas únicas para la' ap!icaci6n del Plus Fami– liar. Zaragoza, 1960, pág. 231. 17

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