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60 (350) P. Luis Sarriés ción es un acto humano y, por tanto, tiene que estar sujeta a la mo– ral y a las leyes establecidas por Dios. Pero además la procreación termina en otro s,er semejante, que desde el momento mismo de la concepción, es persona. Según esto las premisas para solucionar el problema demográfico son 26 : La dignidad del hombre.-Se trata de un problema en el que se pone en jaque la misma dignidad del hombre. Abusar de su capaci– dad generativa o supeditarla a la satisfacción de un instinto significa un olvido de sus valores espirituales y de la recta ordenación del mismo instinto a la razón. "Afirmamos, dice Juan XXIII, con toda claridad, que dichas cuestiones han de plantearse y resolverse de modo que se eviten caminos y argumentos co]1.trarios a la dignidad humana" 21 • "Que cuando se trat.e de esta cuestión debe ponerse por encima de todo lo que atañe a la dignidad del hombre" 28 • La vid.a humana se tram.smite de modo humano.-Los Papas han rechazado enérgicamente la tesis de los que quieren reducir la vida del hombre a materia 29 , sujeta a leyes meramente físicas. Todo es– fuerzo por dar una solución al problema de la natalidad no debe oponerse nunca a las leyes establecidas por Dios, ni violar la pro– creación de la misma vida humanaªº. Según esto, "declaramos so– lemnemente que la vida humana se transmite y propaga por obra de la familia, fundada en un único e indisoluble matrimonio, eleva– do por los cristianos a la dignidad de sacramento" 31 • "Por lo cual en esta materia a nadie es lícito utilizar procedimientos o métodos con los cuales es lícita la propagación de la vida de las plantas y de los 26 RAYMUNDUS A. SIGM0ND, O. P.: Fundamentum morale Politicae demo– graphicae. Roma, 1956; pág. 102. STANISLAS DE LESTAPIS, s. I.: La limitation des naissances. París, 1958; 316 páginas. ARTHUR MCC0RMACK, M. A .. : Poverty and Pppulation. Birmingan, 1964; 110 páginas. 121 "MM.", 191. 2s ºMM.", 19~.- 29 •~MM.", 191. Pío X1I decía a la Unión Católica Italiana de Comadronas: "Puesto que no se trata aquí (en la proceración) de puras leyes físicas, bio– lógicas, a las cuales obedecen necesariamente los agentes privados de razón o de fuerzas ciegas, sino de leyes cuya ejecución y efectos están confiados a la libre y voluntaria cooperación del hombre". "AAS" (1951); pág. 836. 30 "MM.", 192. 31 "MM.", 193.

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